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Noviembre 17 Versión imprimible
15 nuevas medidas para proteger Derechos Humanos

Bogotá, 17 nov (SP). El siguiente es el documento que contiene las 15 decisiones, que para proteger los Derechos Humanos, adoptó el Ministerio de Defensa Nacional y que presentó públicamente este lunes, durante la rendición de cuentas que sobre el tema se realizó en la Casa de Nariño:

Aplicación de la doctrina

1. Todos los Comandantes de División deberán hacer, en los próximos tres (3) meses, una revisión de sus unidades hasta el nivel de Unidad Táctica, con base en los hallazgos de la Comisión sobre las fallas en los procedimientos en materia de inteligencia, operaciones y logística (controles en el uso y almacenamiento de armas y municiones), y hacer los correctivos a los que haya lugar. En particular, se debe revisar desde el punto de vista doctrinal la conformación de las unidades mínimas de combate y el grado de quienes las comandan.

2. La Dirección de Inteligencia del Ejército deberá hacer una revisión en los próximos tres (3) meses de la aplicación de la doctrina de inteligencia en las unidades hasta el nivel de Unidad Táctica y asegurar el concurso de las agencias de inteligencia de las Fuerzas Militares en la recolección de inteligencia para las operaciones.

Revisión de la Instrucción en DDHH

3. Una revisión completa por parte de las jefaturas de Ecuación y Doctrina de la aplicación en la instrucción en derechos humanos de la Política Integral y del Modelo Único Pedagógico en particular. Los resultados de la revisión deben ser presentados al Ministro en los próximos tres (3) meses.

4. Establecer en los próximos tres meses un sistema de evaluación del aprendizaje en la capacitación en derechos humanos.

5. Organizar talleres en todas las divisiones sobre la responsabilidad del comandante y fortalecer la materia en las escuelas de formación y capacitación.

Comisión de Inspección Inmediata

6. Crear en la Inspección General del Ejército una Comisión de Inspección Inmediata (CII), con la misma composición de la Comisión Especial, que deberá contar con todos los medios necesarios para cumplir su misión. La CII se desplazará de manera inmediata a lugares donde se presenten quejas o denuncias por posibles graves violaciones a los DDHH o infracciones al DIH. Analizará los casos desde el punto de vista operacional y recomendará al Inspector tomar las acciones administrativas y de procedimiento operacional que correspondan. Cuando haya lugar, trasladará sus hallazgos a las autoridades judiciales.

Inspectores Delegados

7. Revisar y fortalecer la figura del Inspector Delegado, que en adelante dependerá de la Inspección General de las Fuerzas Militares y atenderá de manera exclusiva problemas de DDHH y DIH.

Asesores Jurídicos Operacionales

8. Organizar una estructura jerárquica para los Asesores Jurídicos Operacionales, para lograr un mejor empleo y una mayor independencia en la etapa de planeación, ejecución y evaluación de las operaciones. Dependerán en adelante de la Jefatura de DDHH, pero sus servicios los prestarán dentro de la Jefatura de Operaciones.

Objetivos de las Fuerzas Militares

9. En adelante sólo se podrán conducir operaciones contra organizaciones al margen de la ley cuando éstas hayan sido reconocidas como objetivos y el uso de la fuerza militar en su contra aprobado por parte del Comando General de las Fuerzas Militares. En particular, se revisará la participación de las Fuerzas Militares en la lucha contra las bandas criminales: sólo en casos excepcionales, cuando sus características obliguen el uso de la fuerza militar, el Comandante General de las Fuerzas Militares autorizará la participación de las Fuerzas Militares en operaciones en su contra, determinando tiempo y espacio.

10. En adelante la Policía Nacional tendrá primacía en la lucha contra las bandas criminales. Cuando lo considere necesario, podrá requerir apoyo de las Fuerzas Militares, que se dará en el marco de una operación policial.

Evaluación del desempeño

11. En un término de tres meses se perfeccionará el sistema de evaluación de las unidades militares, para asegurar que sean evaluadas de acuerdo con el cumplimiento de los objetivos previstos en las operaciones y teniendo plena cuenta de los diferentes tipos de operaciones que las unidades deben desarrollar según el nivel de la amenaza en su jurisdicción.

Reglas de Encuentro

12. En un término de tres meses se pondrá en marcha un sistema de aplicación de las reglas de encuentro que tenga en cuenta los diferentes niveles de la amenaza en el territorio: se permitirá el uso de la fuerza letal como primera opción sólo en operaciones en el marco del DIH contra objetivos militares plenamente autorizados, con el debido planeamiento y autorización de la autoridad superior.

Certificación en DDHH

13. A partir de la fecha se crea un sistema de certificación en DDHH que obliga a todos los oficiales que aspiren a participar en el curso de ascenso al grado de Teniente Coronel o General a recibir una certificación en materia de DDHH, que tendrá como base la presentación del polígrafo y la revisión minuciosa de la hoja de vida (no tener investigaciones formales ni sanciones por presuntas violaciones a DDHH o infracciones al DIH).

Acompañamiento de policía judicial

14. Fortalecer los mecanismos de acompañamiento judicial a las operaciones por parte de la Fiscalía y el CTI, dando pleno cumplimiento a las Directivas 10 y 19.

Recepción de quejas

15. Establecer hasta el nivel de Unidad Táctica un sistema de recepción de quejas en materia de DDHH y asegurar una interlocución fluida con la sociedad civil.