Así lo establece el decreto 3955 de 2008, en el que se explica que la notificación personal podrá practicarse válidamente a través de la entidad contratada por la dirección ejecutiva o las direcciones seccionales de la administración de justicia, sin que sea necesaria la intervención de un empleado o servidor judicial. El objetivo de la medida es “desatrasar” las más de 400 mil “notificaciones que están represadas” en todo el país, explicó el Presidente Álvaro Uribe.
Bogotá, 11 oct (SP). El director ejecutivo de la administración judicial y los directores seccionales de la Rama Judicial, podrán contratar empresas de mensajería para que éstas realicen las notificaciones personales y las diligencias relacionadas con las mismas.
Así lo establece el decreto 3955 de octubre 11 de 2008, expedido por el Departamento Administrativo Presidencia de la República, en el que se aclara que la notificación personal podrá practicarse válidamente a través de la entidad contratada por la dirección ejecutiva o las direcciones seccionales de la administración de justicia, sin que sea necesaria la intervención de un empleado o servidor judicial.
El objetivo de la medida, firmada por el Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, y por los 13 miembros del gabinete ministerial, busca “desatrasar” las cerca de 500 mil “notificaciones que están represadas” en todo el país, explicó el Jefe de Estado.
Durante el Consejo Comunal de Gobierno número 214 que se adelantó en la ciudad de Montería, el Mandatario explicó que la contratación de estos servicios no la hará el Gobierno Nacional, sino directamente la justicia.
La medida, advierte que en los procesos contractuales que se realicen, se garantizará la transparencia de la selección de los contratistas.
Aclara además que en ningún caso las empresas contratadas —para practicar notificaciones personales— podrán asumir funciones judiciales.
El decreto facultó además a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para que adopte las medidas necesarias en materia de suspensión de términos. |