Los Ministros del Interior y de Justicia y de Hacienda expresan la posición del Gobierno frente a algunos puntos del proyecto conocido como ‘Ley de Víctimas’. Recalcan que el Ejecutivo ha venido participando en la construcción y discusión del proyecto y ha declarado que lo respalda en la medida en que sea congruente con los principios constitucionales del Estado, el ordenamiento jurídico internacional y la realidad fiscal del país.
Bogotá, 24oct (SP). Los Ministros del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, y de Hacienda, Oscar Iván Zuluaga, expresan la posición del Gobierno Nacional frente a algunos puntos fundamentales del proyecto de ley 157-07 Senado y 044-08 Cámara, conocido como ‘Ley de Víctimas’.
Este Gobierno ha sido el primero en la historia de Colombia en diseñar de manera unilateral, y por su propia iniciativa, un programa de reparación masiva en favor de las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos cometidas por los grupos armados organizados al margen de la ley, sin tener que esperar a que se produzcan las decisiones judiciales respectivas.
En este proceso de Reparación por la Vía Administrativa, hasta el día de hoy se han presentado 132 mil solicitudes de reparación, lo que demuestra la importancia de este programa y la aceptación por parte de las víctimas, cuya cuantía puede llegar a los 11 billones de pesos con cargo al presupuesto de todos los colombianos.
El Gobierno Nacional ha venido participando en la construcción y discusión del proyecto de ‘Ley de Víctimas’ y en reiteradas oportunidades ha declarado que lo respalda en la medida en que sea congruente con los principios constitucionales del Estado, el ordenamiento jurídico internacional y la realidad fiscal del país, a fin de que se apruebe un estatuto de las víctimas responsable, serio y viable y no una ley que no se pueda cumplir.
Como quiera que persisten diferencias en algunas disposiciones que en nuestro concepto riñen con estos principios, es necesario reiterar ante la opinión pública la posición del Gobierno frente a los siguientes temas:
1. UNIVERSO DE VÍCTIMARIOS
Este proyecto de ley pretende dignificar y ofrecer un conjunto integral de medidas de reparación a las víctimas de los grupos armados organizados al margen de le ley. Resulta inaceptable que se pretenda incluir en esta categoría a las víctimas de los denominados agentes del Estado.
Sin dejar de reconocer que en diferentes períodos de la historia nacional se han cometido graves violaciones por parte de miembros de la Fuerza Pública y que estos resultan más reprochables desde todo punto de vista, no es posible colocar en el mismo rasero a las víctimas de los grupos armados al margen de la ley con las víctimas de los agentes del Estado, ni a los integrantes de los grupos armados al margen de la ley con los miembros de la Fuerza Pública, entre otras, por las siguientes razones:
- No se puede decir que el Estado colombiano tenga o haya tenido una política sistemática de violación de los derechos humanos, a diferencia de los grupos armados ilegales que con tal de lograr sus objetivos acuden a todas las formas de violencia (secuestro, terrorismo, narcotráfico, reclutamiento forzado, etc.) contra la población civil y contra las Fuerzas Armadas legítimas.
- Equiparar a las víctimas de los grupos armados al margen de la ley con las víctimas de los agentes del Estado nos lleva a deslegitimar de plano la tradición democrática de nuestro país.
- Las violaciones de los grupos armados al margen de la ley son sistemáticas y generalizadas; las graves violaciones de los derechos humanos atribuibles a agentes del Estado son hechos individuales y aislados porque nunca ha sido política del Estado colombiano ni de ninguno de los gobiernos que lo han representado.
- Eso equivaldría a declarar responsables de graves violaciones a los gobiernos anteriores, elegidos democráticamente, y de todas las tendencias políticas, sin que hayan sido agotados los procesos judiciales.
- De acuerdo con las normas del Estado de derecho, la responsabilidad de los agentes del Estado debe ser declarada por las autoridades judiciales, tal como lo dispone el artículo 90 de la Constitución Nacional.
2. FUNDAMENTO DE LA REPARACIÓN A CARGO DEL ESTADO
En este punto es importante reiterar que de acuerdo con las normas y la jurisprudencia nacional e internacional (Código Penal, Ley 975 de 2005, Sentencia C-370-06, Estatuto de Roma), quien debe reparar a las víctimas por las graves violaciones de los derechos humanos son los victimarios.
De acuerdo con la Ley, el Estado solo está obligado a reparar en razón de una sentencia judicial que declare su responsabilidad, con ocasión del daño antijurídico ocasionado por acción u omisión de sus agentes.
No obstante lo anterior, el Gobierno, por tratarse de graves violaciones masivas a los derechos humanos y con el fin de avanzar hacia la reconciliación nacional, está asumiendo la reparación con fundamento en el principio constitucional de solidaridad.
La reparación con fundamento en el principio de solidaridad es la que le permite a un país como el nuestro diseñar un programa de reparación integral en beneficio de las víctimas de la violencia armada.
3. PROGRAMA DE REPARACIÓN INDIVIDUAL POR VÍA ADMINISTRATIVA
El programa de reparación por vía administrativa, adoptado por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1290 de 2008, es un acto de justicia y se convierte en un instrumento eficaz para aliviar en parte a las víctimas de la violencia armada, como así lo ha reconocido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Este programa contempla unas medidas de reparación integral a través de un procedimiento administrativo ágil, basado en el principio de la buena fe.
De la misma manera, es importante tener presente que se incluye en este programa a todas las víctimas, tanto de guerrilla como de paramilitares, sin sujeción a que se adelante con estos un proceso de paz.
4. VIABILIDAD FISCAL
Una de las principales preocupaciones del Gobierno Nacional durante el trámite del proyecto de ‘Ley de Víctimas’ ha sido el de la viabilidad fiscal de las medidas que allí se contemplen, pues una ley de víctimas que comprenda gastos que excedan la capacidad del Estado para asumirlas, constituiría una fuente de falsas expectativas para la población de víctimas.
Es por esto que el Gobierno Nacional ha adelantado acercamientos con el Congreso de la República, expuesto sus preocupaciones y argumentos, resultado de los cuales se han alcanzado parcialmente acuerdos preliminares para ofrecer a las víctimas medidas de reparación ajustadas a los estándares internacionales.
Dentro de los consensos deben destacarse procedimientos garantistas para la restitución de tierras, reparación individual indemnizatoria por la vía administrativa, educación, seguridad de las víctimas, medidas para el acceso eficaz y ágil a la administración de justicia.
Sin embargo, aún persisten diferencias de central importancia, tanto en lo conceptual que compromete la legitimidad misma del Estado de Derecho que ha regido y rige en Colombia, como la viabilidad fiscal de esta iniciativa.
Bogotá, 24 e octubre de 2008
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