Septiembre 29
Declaración

Bogotá, 29 sep (SP). La siguiente es la declaración leída por el Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, tras la reunión con representantes de Asonal Judicial:

DECLARACIÓN

El Gobierno Nacional, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General y la Policía Nacional informan:

Que a pesar de la firme voluntad del Gobierno Nacional para concertar con los representantes de los servidores judiciales, éstos no han mostrado la misma actitud y, al contrario, rechazaron la generosa oferta que el Presidente Álvaro Uribe les hizo a los jueces y empleados de la Rama, que consiste en aumentar a 111 mil millones de pesos la propuesta anterior de 66 mil millones.

La propuesta incluye tener en cuenta como factor salarial para el cálculo de pensiones y salud la bonificación de actividad judicial que perciben los jueces y los fiscales delegados y el aumento de la prima de productividad de 15 a 30 días de salario para los empleados judiciales, en forma gradual hasta el año 2010.

Los delegados sindicales, durante dos reuniones que tuvieron lugar hoy en la Casa de Nariño, no hicieron ninguna contraoferta.

Mientras tanto, tras 28 días de inactividad judicial decretada por Asonal Judicial, la ciudadanía está sufriendo las graves consecuencias de esta decisión, que ha llevado a que 1.883 peligrosos delincuentes no hayan podido ser encarcelados y ahora estén en libertad, continuando con sus actividades criminales.

En el propósito de restablecer para los colombianos la pronta y debida administración de justicia, hemos tomado las siguientes decisiones:

PRIMERO: La Dirección Ejecutiva Nacional del Consejo Superior de la Judicatura ha ordenado pagar salarios de la Rama Judicial, solamente a los funcionarios que hayan laborado y que así lo acrediten a través de los inspectores de trabajo o personeros municipales.

SEGUNDO: La Fiscalía descontará los días no trabajados por sus funcionarios que hayan entrado en cese de actividades de acuerdo con las normas legales y, especialmente, de conformidad con los artículos 1 y 2 del Decreto 1647 de 1967 y 35/ 15 de la ley 734 de 2002 (Código Único Disciplinario).

TERCERO: El Presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura ha ordenado a los Presidentes de los Consejos Seccionales convocar a reuniones inmediatas a los magistrados que integran las salas, a los directores seccionales de Administración Judicial, directores seccionales de fiscalía y comandantes de departamento de Policía respectivos, con el fin de determinar las necesidades en materia de jueces y fiscales y logística que permitan el restablecimiento del servicio público básico de justicia en los asuntos de mayor urgencia.

CUARTO: El Consejo Superior de la Judicatura seguirá designando jueces de control de garantías y de conocimiento y la Fiscalía General a los fiscales, para atender las acciones judiciales urgentes relacionadas con la libertad de las personas, el Habeas Corpus y la Tutela.

QUINTO: Hacen un llamado respetuoso al Tribunal Superior de Bogotá para que le imparta el trámite de ley a la petición que elevó el Consejo Superior de la Judicatura de declaración de ilegalidad del cese de actividades decretado por el sindicato Asonal – Judicial.

SEXTO: El Gobierno Nacional reitera la propuesta hecha a los servidores de la Rama Jurisdiccional y con el Consejo Superior de la Judicatura mantiene la voluntad de diálogo y concertación.

Bogotá D.C., 29 de septiembre de 2008

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