Bogotá, 6 abr (SP). Para superar las dificultades de socialización y el represamiento de los trámites que son necesarios para la expedición del certificado exigido para el uso y venta de insumos controlados, los cuales son indispensables para que los pequeños agricultores del país puedan continuar con sus actividades productivas, la Dirección Nacional de Estupefacientes, atendiendo a la solicitudes de los campesinos colombianos ante el señor Presidente de la República, se permite informar:
1. Que el plazo para iniciar el trámite de la expedición de dicho certificado vence el día 28 de abril de 2009.
2. Que se someterá ante el Consejo Nacional de Estupefacientes la prórroga de dicho plazo para las personas naturales, con el propósito de facilitar para ellas el acceso a los insumos básicos necesarios para la producción agrícola.
3. Que a través de resolución emitida por la Dirección Nacional de Estupefacientes, se suspenderán por un periodo de 15 días hábiles los trámites que con ocasión de la Resolución 019 de 2008 deben realizarse ante la misma Dirección para la expedición de los certificados mencionados, tiempo durante el cual se evaluará la manera de descentralizar dichos trámites, hoy centralizados en la ciudad de Bogotá, facilitando la gestión y productividad de los pequeños agricultores que desempeñan su labor en todas las regiones del país.
CARLOS SALVADOR ALBORNOZ GUERRERO
DIRECTOR
Dirección Nacional de Estupefacientes |