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Abril 29   Versión imprimible
Comunicado del Ministro del Interior y de Justicia

El Ministro del Interior y de Justicia, Delegatario de Funciones Presidenciales, informa a los colombianos:

1.   En el día de hoy el Gobierno expidió el Decreto 1453/2009, declarando Situación de Desastre Nacional, con el propósito de prevenir y mitigar el impacto de la pandemia de la influenza porcina en la población colombiana.  

Esta declaratoria se hace considerando que la Organización Mundial de la Salud (OMS), ha determinado que la situación que se presenta en México, originada por la presencia de casos de influenza atípica, que ha causado más de 100 muertos, es un evento de interés en salud pública internacional, imprevisto e inusual y de potencial propagación.

Al declararse la existencia de una situación de desastre nacional, se aplicará en el país un régimen normativo especial.

En consecuencia, la Dirección de Gestión del Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia, con el liderazgo del Ministerio de Protección Social y con base en el Plan Nacional para la prevención y atención d e Desastres, elaborará un plan de acción específico para el manejo de la situación que se declara.

Este plan será de obligatorio cumplimiento por todas las entidades públicas y privadas que deben contribuir a su ejecución.

2.   También fue promulgado el Decreto 1454/2009 autorizando la declaratoria de la urgencia manifiesta, ante los graves daños que está causando la primera ola invernal del año.

La Dirección de Gestión de Riesgo para la Prevención y Atención de Desastres del Ministerio del Interior y de Justicia, en calidad de ordenador del Gasto del Fondo Nacional de Calamidades, podrá así celebrar contratos y convenios tendientes a adquirir bienes y servicios y ejecutar obras, con sujeción a las normas que regulan la materia.

3.   El Ministerio del Interior y de Justicia enviará en las próximas horas al señor Fiscal General de la Nación, los nombres de 21 colombianos que habiendo pertenecido a grupos guerrilleros han solicitado cobijarse con los beneficios de la ley 975 de 2001, conocida como Ley de Justicia y Paz.

Debe ser motivo de alegría para los colombianos que estos compatriotas  privados de la libertad, que dedicaron muchos años de su vida a actividades ilegales, han comprendido su error y han decidido dejar para siempre el camino de la violencia.

Adicionalmente, se han remitido 6 postulaciones más, de miembros de integrantes de la guerrilla que se desmovilizaron individualmente. 

4.   El Gobierno Nacional también informa al país, con complacencia, que la Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó hoy en el primero de 8 debates el proyecto de Acto Legislativo que prohibirá el porte y consumo de sustancias estupefacientes. 

Este es un triunfo para la salud pública porque estamos aproximándonos al consumidor desde un tratamiento pedagógico, profiláctico y terapéutico, sin que se confunda de ninguna manera ese consumidor con un delincuente.

Colombia va a contar con instrumentos para distinguir entre los delincuentes narcotraficantes y aquellos que  por una enfermedad o por una debilidad consumen sustancias alucinógenas.

FABIO VALENCIA COSSIO
Ministro Delegatario de Funciones Presidenciales
Bogotá D.C., 28 de abril de 2009