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Agosto 18     Versión imprimible

Icbf implementa control de entrega de almuerzos a adultos mayores

La medida busca garantizar la entrega efectiva de los almuerzos calientes que se entregan en la actualidad a 230 mil 465 beneficiarios de esta modalidad.

Bogotá, 18 ago (SP). A partir de este mes de agosto, cada beneficiario del Programa Nacional ‘Juan Luis Londoño de la Cuesta' debe certificar con su huella o firma que recibe el almuerzo que se entrega a los adultos mayores.

Esta medida se adoptó ante la necesidad de brindar mayores garantías a los 230 mil 465 beneficiarios de esta modalidad, conocida como almuerzos calientes.

Dicho control es implementado en la actualidad por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) en los mil 889 comedores donde se atiende a los adultos mayores.

De esta manera cada adulto mayor debe firmar diariamente o colocar su huella como evidencia de que recibió la alimentación entregada por la entidad.

Así mismo, se tiene previsto que los adultos mayores con discapacidad o incapacidad temporal puedan autorizar a un tercero para que retire el almuerzo.

La implementación del nuevo formato implica colaboración por parte de las empresas operadoras, así como comprensión y participación de los adultos mayores beneficiarios.

"Con este cambio se está dando un gran paso hacia el control de los recursos públicos que invierte el Icbf para atender a los adultos mayores más vulnerables del país, objetivo al que deben aportar todas las instituciones y personas vinculadas con la ejecución del Programa", dijo la Directora del Icbf, Elvira Forero Hernández.

Para tener en cuenta:

En cada formato de control se registra la asistencia de dos adultos mayores.

Los discapacitados pueden autorizar hasta cinco personas para reclamar y llevarles el almuerzo.

Si algún beneficiario no puede asistir al comedor por alguna incapacidad temporal, puede autorizar hasta dos personas para que reclamen el almuerzo y llevárselo.

Cada mes el adulto mayor puede realizar esta autorización sin incapacidad médica hasta por cinco días; si la inasistencia es superior a los cinco días, es imprescindible que la autorización esté soportada con un certificado de incapacidad médica.

En el formato de control de entrega sólo puede aparecer la firma o huella dactilar del beneficiario o de las personas autorizadas.

Los formatos de autorización para las personas con discapacidad e incapacidad temporal han sido diseñados por el Icbf y entregados a los operadores del servicio para su distribución entre los beneficiarios del programa.

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