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Agosto 18     Versión imprimible
Gobierno reglamentó asignación de recursos para proyectos de vivienda rural dirigidos a población desplazada

Los departamentos, municipios, distritos y entidades territoriales que desarrollen programas de vivienda de interés social en el país, podrán participar en las convocatorias que se creen para la población desplazada por la violencia.

Bogotá, 18 ago (SP). El Gobierno Nacional reglamentó las condiciones de viabilización y asignación de recursos para el desarrollo de los proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS) que están dirigidos a la población desplazada por la violencia en Colombia.

A través del Decreto 2965 de agosto de 2009 el Gobierno estableció que los oferentes o interesados en las convocatorias de VIS rural podrán ser los departamentos, municipios, distritos, o las dependencias de las entidades territoriales que desarrollen políticas en este sector.

De igual manera, los cabildos gobernadores de los resguardos indígenas y los consejos comunitarios de las comunidades negras, legalmente constituidos, podrán participar en las convocatorias de proyectos de vivienda que se realizan dentro del territorio nacional.

El Decreto también señala que las entidades oferentes podrán presentar en las convocatorias que se abran para la población desplazada por la violencia, el número de proyectos que se requieran para postular a los hogares debidamente incluidos en el Registro Único de Población Desplazada.

A las convocatorias también podrán acceder las entidades privadas que especifiquen en su objeto social la promoción y desarrollo de planes de vivienda social.


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