Enero 15

Ampliado plazo para que proveedores de captadoras ilegales presenten declaración de Retefuente e IVA

Hasta el próximo 27 de febrero las empresas proveedoras de bienes y servicios de captadoras ilegales de dinero intervenidas podrán presentar las declaraciones de renta, y la declaración de impuesto sobre las ventas, previa certificación que será expedida por el agente interventor y cuya solicitud se deberá realizar antes del próximo 30 de enero.

Bogotá, 15 ene (SP). Las empresas proveedoras de bienes y servicios de captadoras ilegales de dinero intervenidas podrán presentar las declaraciones de retención en la fuente de los meses de noviembre y diciembre de 2008, y de de impuesto sobre las ventas del último bimestre del año anterior, hasta el 27 de febrero de este año.

Así lo establece el Decreto 045 del 14 de enero de 2009, expedido por el Gobierno Nacional al amparo de la Emergencia Social.

Para la presentación de estas declaraciones de retención en la fuente y de impuesto a las ventas, los proveedores de las captadoras ilegales tendrán que presentar una certificación, la cual será expedida por el agente interventor.

Las empresas tendrán que presentar una solicitud al interventor antes del 30 de enero próximo, para obtener dicha certificación.

En esta solicitud deberá especificar la calidad de proveedor de la empresa intervenida y el valor de la retención en la fuente y de impuestos sobre las ventas, con base en la relación de facturas y documentos soporte.

De acuerdo con la norma, el pago total o parcial -según el caso- de las declaraciones presentadas por las empresas proveedoras, deberá realizarlo directamente el interventor, diligenciando el recibo de pago en bancos por el valor certificado.
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