Julio 16

   
Presidente Álvaro Uribe sancionó la Reforma Financiera

La normatividad desarrolla un completo estatuto dirigido al consumidor financiero. Además, crea un sistema de ahorro voluntario para la vejez y optimiza los ahorros en el sistema de pensiones a través de la figura de los Multifondos, entre otros aspectos.

Bogotá, 16 jul (SP). El Presidente Álvaro Uribe sancionó la Ley número 1328 del 15 de julio de 2009, que corresponde a la Reforma Financiera aprobada en la pasada legislatura por el Congreso de la República, y que dicta normas en materia financiera, de seguros y del mercado de valores, entre otras disposiciones.

La iniciativa es de un profundo alcance social, porque desarrolla todo un estatuto dirigido al consumidor financiero y porque además permite optimizar los ahorros en el sistema de pensiones, a través de la creación de la figura de los Multifondos.

De igual forma, la Ley permite crear un sistema de ahorro voluntario para la vejez, conocido como los Beneficios Económicos Periódicos (Beps), que va a permitir que millones de colombianos que hoy están en la informalidad, y que ganan menos de un salario mínimo, puedan tener un ingreso digno para su vejez.

Estatuto del consumidor

El Estatuto de defensa del consumidor financiero incluye un capítulo con los derechos y las obligaciones de los consumidores financieros, crea el Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC) y ordena que las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera deben informar a los consumidores de servicios financieros en forma transparente, cierta, suficiente y oportuna sobre los productos, los servicios, los derechos y las obligaciones, las condiciones, las tarifas o precios de los servicios que presten.

Se prohíben las cláusulas abusivas en los contratos, que se incluyan espacios en blanco, que se obligue al consumidor a adquirir nuevos productos y a renovar un servicio sin autorización expresa del consumidor.

Multifondos

En el tema de los Multifondos, el texto aprobado busca que haya una estructuración de portafolios sobre la base de los perfiles de riesgo y la edad de los ahorradores.

El sistema actual mira a todos los ahorradores por igual, con las mismas características y dimensiones y no diferencia entre una persona que inicia su vida laboral a una que está próxima a pensionarse, lo cual implica concepciones de riesgo diferentes.

El artículo 47 señala que los afiliados a los fondos de pensiones obligatorias podrán elegir el fondo que mejor se ajuste a su edad y perfil de riesgo, de manera que con una adecuada conformación de la cuenta individual y una eficiente gestión de los recursos, obtenga el mejor retorno posible.

El esquema de Multifondos le permitirá a Colombia un desarrollo no solo en la estructura del ahorro sino en la dinámica del mercado de capitales ya que los fondos de pensiones podrán participar en más sectores de la economía, optimizando fuentes de ahorro.

Beneficios Económicos Periódicos

Los Beneficios Económicos Periódicos (Beps) permiten materializar lo establecido en el Acto Legislativo de 2005, cuando se hizo una reforma profunda al sistema de pensiones.

Allí se planteó la posibilidad de establecer un sistema de Beneficios Económicos Periódicos, para contribuir a que muchas personas pudiesen tener un ingreso, no en condiciones de una pensión, pero que le diera posibilidad de evitar la indigencia.

Colombia tiene cerca de 4 millones de personas mayores de 60 años, de ellos solamente 1,5 millones tienen pensión, 500 mil son atendidos con el programa del Adulto Mayor y cerca de 2 millones viven en condiciones de indigencia.

De quienes están cotizando hoy se estima que entre el 40 y el 45 por ciento no va a alcanzar a cumplir los requisitos de pensión en términos de semanas cotizadas y no podrán acceder a una pensión mínima.

Por eso se aprobó el artículo 87 que posiblemente tiene el mayor contenido social y es una propuesta técnicamente sólida, fiscalmente sostenible, y socialmente responsable.

Se crea un sistema de ahorro voluntario para la vejez dirigido inicialmente a los cerca de 9 millones de colombianos que hoy ganan menos de un salario mínimo, que están en la informalidad y que no tienen posibilidades de llegar a cumplir los requisitos de semanas cotizadas para pensionarse.

Adicional a los puntos anteriores, la reforma incorpora como legislación permanente los acuerdos firmados en los Tratados de Libre Comercio (TLC) para los servicios financieros.

Luego de haber sido sancionada por el Presidente de la República, la nueva Ley comenzará a ser reglamentada de la manera más diligente en sus distintos puntos.

 

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