Julio 23

   
Sancionada Ley de trámite abreviado y beneficios por colaboración para extinción de dominio de bienes

La norma establece un trámite abreviado para la extinción de bienes que sean entregados de forma voluntaria y prevé el beneficio de una vivienda para la persona que así obre o para sus familiares.

Bogotá, 23 jul (SP). El Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, sancionó la Ley 1330 del 17 de julio del año en curso, por la cual se establece el trámite abreviado y el beneficio por colaboración en casos de bienes sometidos a la extinción de dominio.

La norma tiene por objeto la aplicación de mecanismos que permitan imprimir celeridad y proferir decisiones definitivas sobre los bienes sometidos al trámite de extinción del dominio.

Establece un trámite abreviado para la extinción de bienes que sean entregados de forma voluntaria y prevé el beneficio de una vivienda para la persona que así obre o para sus familiares.

La Ley 1330 señala que “son bienes susceptibles del trámite abreviado los que reúnan las causales previstas en la Ley 793 de 2002", aunque “hayan sido adquiridos por sucesión o por cualquier otra de las formas de adquirir el dominio e independientemente en cabeza de quien se encuentren”.

El beneficio que se otorgue con ocasión del sometimiento al trámite abreviado de extinción oscilará entre el 0,1 y 5% del valor total de los bienes efectivamente entregados.

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