Mayo 08

   
ENTREVISTA
Ministro del Interior y de Justicia explica articulado de la Reforma Política, aprobada en sexto debate por el Congreso

El Ministro Fabio Valencia Cossio explicó uno a uno los temas de la Reforma Política aprobada por el Congreso el pasado jueves en la madrugada. Señaló, por ejemplo, que la silla vacía se aplica a partir de la promulgación de la Reforma constitucional, que puede ser en el mes de julio de este mismo año. Así mismo, indicó que el Acto Legislativo acaba con las suplencias.

Bogotá, 8 may (SP). El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, explicó uno a uno los temas centrales de la Reforma Política que aprobó en la madrugada del jueves la plenaria de la Cámara de Representantes y que, reiteró, es un histórico estatuto para sanear las actividades políticas en Colombia.

“El proyecto tiene como objetivo fundamental erradicar las mafias y la delincuencia en la política, estableciendo un régimen sancionatorio a los partidos y a sus integrantes que incurran en alianzas con organizaciones criminales”, señaló Valencia Cossio.

Agregó que con el fortalecimiento de los partidos, a través de su democratización interna y la mayor responsabilidad que tendrán en la selección de sus aspirantes y en la financiación de sus campañas, el ejercicio de la política entre los colombianos se hará dentro de exigentes parámetros de transparencia, objetividad, moralidad y equidad de género.

El Ministro Valencia Cossio explicó así, desde el Ministerio del Interior y de Justicia, los aspectos fundamentales de la Reforma:

Régimen de partidos

Pregunta: Señor Ministro, ¿el primer artículo de la Reforma qué le agrega a la Constitución en cuanto al derecho de todos los ciudadanos a fundar, organizar, desarrollar partidos y movimientos políticos y la libertad de afiliarse o de retirarse de ellos?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: Este artículo de la Reforma contempla puntos muy importantes para perfeccionar ese precepto constitucional. Por lo tanto, establece estas novedades:

- Permite las consultas interpartidistas.
- Impone como de obligatorio acatamiento los resultados de las consultas internas o interpartidistas.
- Los directivos de los partidos y movimientos políticos deberán propiciar la democratización interna y el fortalecimiento de las bancadas.
- Las sanciones para los partidos que violen o contravengan las normas sobre organización, funcionamiento o financiación irán desde multas hasta la cancelación de la personería jurídica.
- Los partidos y movimientos políticos deberán responder por avalar candidatos que hayan sido o fueren condenados por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico.

Silla vacía

Pregunta: ¿Cómo quedó la silla vacía? Porque sobre esto hay una gran polémica, ya que algunos dirigentes políticos dicen que no van a castigar a los responsables de la ‘Farcpolitica’ o la ‘parapolítica’.

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: Claro que habrá silla vacía. La silla vacía se aplica a partir de la promulgación de la Reforma constitucional, que puede ser en el mes de julio de este mismo año. Si a partir de esa promulgación, por una nueva investigación, un senador o representante es afectado con medida de aseguramiento, ese congresista no podrá ser reemplazado. Si al final del proceso es condenado, se pierde la curul para el congresista y para el partido, Pero si es absuelto, recupera la curul. O sea, hay silla vacía inmediatamente entre en vigencia la Reforma.

Pregunta: ¿En qué casos, puede ser reemplazado un congresista?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: La Reforma acaba con las suplencias, con excepción de los siguientes casos:

1. Por muerte del congresista
2. Por incapacidad física permanente
3. Por renuncia justificada y aceptada por la respectiva corporación

La Constitución Nacional precisará que no será renuncia justificada cuando se haya iniciado vinculación formal por delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales o narcotráfico.

Pregunta: Ministro, ¿y las faltas temporales?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: No habrá faltas temporales. Y solamente los parlamentarios tendrán las licencias que por Ley están establecidas. Pero mientras dure esa licencia no habrá reemplazos. O sea que se acaba con el carrusel de reemplazos.

Pregunta: Ministro, alguien dijo que el nuevo régimen de reemplazos solo regirá para quienes sean elegidos en el 2010. ¿Eso es cierto?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: No. Esa proposición no se aprobó. La vigencia de la Reforma, para todos los efectos, es a partir de su promulgación.

Doble militancia

Pregunta: Señor Ministro, algunos medios han simplificado el tema de la doble militancia como la “constitucionalización del transfuguismo”. ¿Eso es lo que va a hacer la Reforma?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: No. La Reforma prohibirá la doble militancia. El texto dice: “Quien siendo miembro de una corporación pública decida presentarse a la siguiente elección, por un partido distinto, deberá renunciar a la curul al menos doce (12) meses antes del primer día de inscripciones”.

Quedó aprobado un parágrafo transitorio que establece que durante los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia del Acto Legislativo, se autoriza, por una sola vez, a los miembros de los cuerpos colegiados de elección popular para inscribirse en un partido distinto al que los avaló, sin renunciar a la curul o incurrir en doble militancia. Eso no tiene ninguna doble intención. Es realismo político.

Financiación de la política

Pregunta: Señor Ministro, ¿qué modificará la Reforma en el tema de la financiación estatal de las actividades políticas o electorales en Colombia?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: Este es un tema muy importante para avanzar hacia la eliminación de la influencia de dineros mal habidos en la política. Se va a ampliar sustancialmente la financiación estatal. La Reforma determina que el Estado concurrirá a la financiación política y electoral de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica. La ley determinará el porcentaje de votación necesario para tener derecho a dicha financiación.

Será prohibido recibir financiación de personas naturales o jurídicas extranjeras. La violación a los topes será sancionada con la pérdida de la investidura o del cargo.

Los periodos cruzados

Pregunta: El polémico tema de los periodos cruzados, que algunos creen que es una cortapisa para el derecho de concejales, diputados, alcaldes y gobernadores a aspirar al Congreso, ¿cómo quedó?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: Se trata de un principio de responsabilidad de los elegidos con los electores, y por eso la Reforma prohíbe que una persona renuncie a un cargo de elección popular para lanzarse a otro si los periodos son concurrentes, así fuere parcialmente.

Quedó aprobado un parágrafo transitorio que establece que esta inhabilidad no aplicará para quienes hayan renunciado un año antes de la realización de las elecciones para el Congreso de la República en el año 2010.

Fin a los ‘roscogramas’

Pregunta: Desde el año pasado, cuando comenzó el trámite de la Reforma, se habló del fin de los ‘roscogramas’. ¿Aprobaron una norma sobre eso o la archivaron?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: No, eso también llevará la Reforma. Los servidores públicos no podrán nombrar como empleados a personas con la cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consaguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente.

Tampoco podrán designar o postular a personas vinculadas por los mismos lazos con servidores públicos competentes para intervenir en su designación.

Magistrados y funcionarios de control no podrán ser nombrados en cargos públicos

Pregunta: Otro punto de interesantes discusiones ha sido el de nombramientos de familiares de magistrados o de funcionarios de control en cargos del Ejecutivo. ¿Qué dice la Reforma en eso?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: La Reforma determina que el Gobierno no podrá conferir empleo a los magistrados de la Rama Judicial, al Procurador General de la Nación, al Fiscal General de la Nación y Contralor de la República ni a sus parientes dentro del segundo grado de consaguinidad, primero de afinidad o único civil, durante el respectivo periodo de ejercicio de sus funciones o dentro del año siguiente a su retiro.

El voto en blanco

Pregunta: ¿Y el voto en blanco será decisivo? Porque hasta ahora no lo han aplicado para ninguna elección.

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: El voto en blanco será un candidato más. La Constitución va a determinar que deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando del total de votos válidos los votos en blanco constituyan la mayoría.}

Tratándose de elecciones unipersonales no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras que en las de corporaciones públicas no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral.

El umbral

Pregunta: ¿Y el umbral se sube?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: Se eleva el umbral del 2 al 3 por ciento para la obtención de curules en el Congreso. Una forma para garantizar la equitativa representación de los partidos y movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, es que las curules de las corporaciones públicas se distribuirán mediante el sistema de cifra repartidora, entre las listas de candidatos que superen un mínimo de votos que no podrá ser inferior al 3 por ciento de los sufragados para Senado de la República o al 50 por ciento del cuociente electoral en el caso de las demás corporaciones, conforme lo establezcan la Constitución y la Ley.

Otros temas

Pregunta: Señor Ministro, ¿qué otros temas contempla la Reforma?

Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio: Hay temas que no por breves en la redacción son menos importantes. Por ejemplo:

- No podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular ni elegidos ni designados como servidores públicos, ni celebrar personalmente o por interpuesta persona contratos con el Estado, quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por la comisión de delitos que afecten el patrimonio del Estado o quienes hayan sido condenados por delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales o con el narcotráfico en Colombia o en el exterior.

- El voto de los miembros de los cuerpos colegiados de elección directa será nominal y público, excepto en los casos que determine la Ley.

- El Consejo de Estado conocerá de las acciones de nulidad electoral con sujeción a las reglas de competencia establecidas en la Ley. Se aprobó un parágrafo que dice: “Para ejercer el Contencioso Electoral ante la Jurisdicción Administrativa contra el acto de elección de carácter popular cuando la demanda se fundamente en causales de nulidad por irregularidades en el proceso de votación y en el escrutinio, es requisito de procedibilidad someterlas, antes de la declaratoria de elección, a examen de la autoridad administrativa correspondiente, que encabeza del Consejo Nacional Electoral.

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