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MinEducación recuerda cumplimiento de calendario académico en colegios privados

A través de una directiva ministerial, se le recuerda a la comunidad educativa del país el cumplimiento de horas efectivas anuales, que establece 800 horas para preescolar, 1.000 en básica primaria y 1.200 en básica secundaria y media.

Bogotá, 3 sep (SP). Con el propósito de asegurar que se dé cumplimiento al calendario académico en colegios no oficiales, el Ministerio de Educación recordó a gobernadores, alcaldes y secretarios de educación el cumplimiento del calendario académico y los recesos estudiantiles en establecimientos educativos privados.

A través de la Directiva Ministerial número 15, expedida el pasado 21 de agosto, el Ministerio explicó que los establecimientos educativos deberán organizar calendarios académicos que den cumplimiento a las horas efectivas anuales fijadas en la Resolución 1730 de 2004.

Dicha resolución establece 800 horas para el preescolar, 1.000 en básica primaria y 1.200 horas en básica secundaria y media. Adicionalmente, si los colegios no oficiales organizan horarios con más de 30 horas semanales, cada 30 horas adicionales acumuladas se contarán como una semana lectiva adicional.

Agrega la norma que el calendario académico se organiza por periodos anuales de 40 semanas o por periodos semestrales de 20 semanas de duración mínima, con jornadas diarias de 6 horas, equivalentes a 30 horas de actividad académica semanal para la educación básica y media.

La disposición recuerda que para los establecimientos educativos privados, sólo está establecido como receso estudiantil obligatorio cinco días en la semana inmediatamente anterior al feriado del descubrimiento de América.

Los rectores, docentes, estudiantes y comunidad educativa en general interesados en consultar el texto completo de la Directiva Ministerial, pueden ingresar a la página en Internet, www.mineducacion.gov.co, sección Asesoría Jurídica, link directivas ministeriales.


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