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Enero 6     Versión imprimible

Crean procedimiento para tramitar peticiones y reclamos del sector postal nacional

Así quedó definido a través de la Ley 1369 de diciembre de 2009, sancionada por el Presidente Álvaro Uribe Vélez, a través de la cual se establece el régimen de los servicios postales y se dictan otras disposiciones como la puesta en marcha de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

Bogotá, 6 ene (SP). El Gobierno Nacional estableció un procedimiento para que los ciudadanos puedan tramitar sus peticiones, quejas, reclamos y solicitudes de indemnizaciones del sector postal nacional, las cuales deberán recibir y tramitar los respectivos operadores postales.

Así quedó definido a través de la Ley 1369 de diciembre de 2009, sancionada por el Presidente Álvaro Uribe Vélez, por medio de la cual ‘se establece el régimen de los servicios postales y se dictan otras disposiciones’.

La Ley promueve un nuevo marco normativo al sector postal nacional y redefine funciones de entes que convergen en la regulación del sector. Es así como el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones será el que defina las políticas con funciones de vigilancia, inspección y gestión del sector postal.

Destaca la norma que los operadores postales deberán recibir y tramitar las peticiones y reclamaciones relacionadas con la prestación del servicio, y resolverlas dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recibo por parte del operador postal. Contra estas decisiones proceden los recursos de reposición y el subsidio de apelación.

De igual forma, cada operador postal señalará el procedimiento mediante el cual se atiendan las solicitudes para el reconocimiento y pago de las indemnizaciones previstas, lo cual no puede exceder 30 días hábiles.

Señala la Ley que cuando el objeto extraviado por un operador postal es encontrado, el usuario a su elección podrá solicitar la entrega del objeto y por consiguiente estará en la obligación de devolver la indemnización que haya recibido o quedarse definitivamente con ésta y no reclamar el objeto.

Otras disposiciones

La ley en mención crea la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), la cual tendrá la función de regular el mercado postal, con el propósito de promover la libre competencia, de manera que los usuarios se beneficien de servicios eficientes.

Entre otras funciones regulatorias se destacan el promover y regular la libre y leal competencia para la prestación de los servicios postales, y prevenir conductas desleales y prácticas comerciales restrictivas de la competencia.

Así mismo, regular los aspectos técnicos y económicos relacionados con las diferentes clases de servicios postales, y fijar indicadores y metas de calidad y eficiencia de los servicios postales, entre otros.

La norma sancionada consta de ocho títulos, de los cuales se destacan el de principios generales, el de condiciones y requisitos para los operadores postales, el régimen de tarifas, el servicio postal universal, y los derechos y deberes de los usuarios, entre otros.