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Actividades ejecutadas por la Empresa Territorial para la Salud podrían ser asumidas por la Dian

La norma indica que a partir de ahora Etesa debe utilizar la denominación Empresa Territorial para la Salud en Liquidación, nombre bajo el cual debe realizar las operaciones de cierre. La compañía continuará con la administración de los contratos relacionados hasta cuando dichas obligaciones sean trasladadas a uno de los organismos que señale el Estado.

Bogotá, 28 ene (SP). El Gobierno Nacional, por medio del Decreto 175 del mes en curso, ordenó la liquidación de la Empresa Territorial para la Salud (Etesa) y dispuso que la compañía continuará administrando los contratos realcionados con los juegos de suerte y azar mientras el Estado asigna o traslada el control de estos a un organismo como la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) o la Comisión de Regulación de Juegos de Suerte y Azar.

En ese sentido, el Decreto aclara que el traslado o asignación de labores a una entidad u organismo seleccionado por el Gobierno no debe demorar más de 6 meses, a partir de la vigencia de la norma.

De acuerdo con la norma, “la Empresa Territorial para la Salud entrará en proceso de liquidación y utilizará para todos los efectos la denominación Empresa Territorial para la Salud (Etesa) en Liquidación”.

El Decreto aclara que dicho proceso de cierre no debe ser superior a un año.

De igual manera, la norma indica que Etesa en Liquidación no podrá iniciar nuevas actividades en desarrollo de su objeto social, es decir, dentro del control y la operación de contratos referentes al monopolio rentístico de juegos de suerte y azar.

Para el cierre de la empresa el proceso contará con un liquidador, que estará sujeto al régimen de inhabilidades, incompatibilidades y demás disposiciones previstas para el cargo. “La liquidación será adelantada por el actual Preisdente de la Empresa Territorial para la Salud (Etesa)”, expresa la norma.

En lo referente a la finalización de la vinculación laboral de los trabajadores, el Decreto señala que la supresión de empleos y cargos, como consecuencia de la liquidación de Etesa, se dará de acuerdo a los términos previstos en las normas laborales vigentes.

“El liquidador, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que asuma sus funciones elaborará un programa de supresión de cargos”, dice la norma.

Concluye que al vencimiento del término de la liquidación de la empresa quedarán automáticamente suprimidos los cargos existentes y terminarán las vinculaciones según lo establecido en el régimen legal aplicable para este caso.

El Decreto puntualiza que los trabajadores a los que se les concluya el contrato debido al cierre de Etesa, se les reconocerá y pagará la indemización correspondiente.

 


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