Así lo establece el Decreto 398 del 5 de febrero de 2010, medida que además establece que la actualización de los Planes Obligatorios de Salud se realizará a partir de los ya existentes.
Bogotá, 8 feb (SP). La actualización de los Planes Obligatorios de Salud (POS) tiene como objetivo mejorar los servicios de atención en esta área a la población afiliada.
Así está definido en el Decreto 398 del 5 de febrero de 2010, firmado por el Presidente Álvaro Uribe Vélez.
La norma establece que, en consecuencia, se garantiza a toda la población afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud el acceso a los servicios de baja, mediana y alta complejidad, según los respectivos planes de beneficios.
Es importante recordar que esta determinación cubre tanto los planes de salud del Régimen Contributivo como el de Régimen Subsidiado.
Este es uno de los decretos reglamentarios del Decreto Legislativo 131 de enero 21 de 2010, mediante el cual se definen aspectos del aseguramiento del Plan Obligatorio de Salud, al amparo de la Emergencia Social. |