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Beneficios de la Emergencia Social en Salud

Bogotá, 17 feb (SP). Los siguientes son algunos de los beneficios de los decretos de la Emergencia Social en Salud, expuestos por el Presidente Álvaro Uribe Vélez en sus intervenciones más recientes:

1. Nuevos recursos por un billón de pesos para pagar servicios de salud que estén por encima del POS. Los decretos de Emergencia Social generan nuevos recursos por un billón de pesos para pagar servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS). Estos recursos provendrán del impuesto a cerveza, licores, cigarrillos y juegos. Siguen sin IVA alimentos, salud, educación, arrendamiento de vivienda y servicios públicos (excepto la telefonía móvil, que históricamente ha tenido IVA). No se afectan las normas de promoción de inversiones.

2. Nuevas facultades para que los departamentos aumenten los ingresos para la salud. La Emergencia Socialles da a los departamentos nuevas facultades para aumentar los ingresos para la salud. Por ejemplo, la facultad de operar juegos novedosos.

3. Se evita la quiebra de los departamentos con la creación de un Fondo para pagar servicios que estén por encima del POS. Con los recursos nuevos mencionados, se crea el Fondo para poder pagar lo que está por encima del POS. Una enfermedad que no esté en el POS y pone en riesgo la vida de un colombiano, se va a atender con estos recursos nuevos. Estas obligaciones las venían atendiendo los departamentos, pero sus recursos no les alcanzaban e iban a ir a la quiebra. Esto obligó al Gobierno a decretar la Emergencia Social, para evitar esta quiebra.

4. Se eleva el plan de beneficios del Régimen Subsidiado para ponerlo al mismo nivel del Régimen Contributivo. Los colombianos tienen dos planes de salud: uno de mejor familia y otro de peor familia. El del Régimen Contributivo es más completo. El del Régimen Subsidiado no lo es. Con la Emergencia Social, en un proceso corto de transición, el Régimen Subsidiado se tiene que elevar en beneficios hasta nivelarse con el Régimen Contributivo.

Esto ya empezó en Barranquilla con 554 mil ciudadanos de Régimen Subsidiado, quienes, desde el primero de febrero, están viendo cómo sus beneficios se ponen al mismo nivel de los que tienen los afiliados al Régimen Contributivo. El segundo municipio de Colombia que será piloto en esta materia será Anserma, Caldas.

5. Se establece que los colombianos afiliados al Régimen Subsidiado sean atendidos no solo en el municipio de origen sino en todo el territorio nacional. A un colombiano de Quinchía o de cualquier municipio que tenga un carné de Régimen Subsidiado, no lo atienden sino en su municipio. Desde el próximo primero de abril, lo tienen que atender en cualquier parte de Colombia.

6. Se adopta el mecanismo de GIRO DIRECTO de los recursos desde la Tesorería de la Nación, desde el Fosyga, sin trámites y sin intermediarios, al último beneficiario del sistema. Es decir, a departamentos, municipios, hospitales, EPS.Esta modalidad se empezará a implantar desde el próximo primero de abril.

7. Se disminuyen los costos financieros y se aumentará el ahorro. En la medida en que haya agilidad en los pagos, va a haber menos costos financieros y mayor ahorro. El sistema de salud no solo necesita más ingresos sino evitar fugas de recursos. Y una de las fugas se deriva de la demora en los pagos.

8. Los estándares y guías para los médicos y odontólogos ya no provendrán de las EPS, sino de las sociedades científicas de los mismos médicos y odontólogos. Esto significa que ya los médicos no tendrán el temor de que las EPS los despidan por apartarse de los estándares o guías impuestos por las EPS. Pero también se contempla que los médicos y odontólogos pueden apartarse de los estándares o guías establecidos por las sociedades científicas de médicos y odontólogos. Es decir que se respeta y se reivindica la autonomía intelectual y profesional de los médicos.

9. Las EPS son sometidas a una reglamentación rigurosa. Un funcionario de una EPS, por ejemplo, que esté negando un servicio, dolosamente, que ponga en riesgo la vida de un ciudadano, puede ir a la cárcel.

10. Se establece que el Gobierno puede intervenir cuando haya abusos en los precios de los medicamentos. En la medida en que en Colombia ha habido más colombianos asegurados (pasaron de 23 millones a 41 millones con seguro de salud durante el actual Gobierno), los ciudadanos han tenido que gastar menos de su bolsillo para comprar medicamentos. Es decir que se presenta un gran ahorro en este sentido. Pero los medicamentos del país son excesivamente caros y se presentan abusos. Por eso la reforma le da al Gobierno la facultad para intervenir en estos casos.

11. Se le da la facultad a la Superintendencia Nacional de Salud de intervenir una EPS. Lo podrá hacer de la misma manera como antes podía intervenir un hospital que estuviera violando las normas o incumpliendo sus obligaciones.

12. Se adoptan nuevas medidas para combatir la evasión de impuestos de la salud. Los decretos de Emergencia Social establecen una serie de medidas muy importantes contra la corrupción. Por ejemplo, el que promueva juegos ilegales para evadir los impuestos que se le pagan a la salud, debe ir a la cárcel.

13. Se evitan trámites innecesarios en el cobro del seguro de accidentes de tránsito. El cobro de ese seguro ha tenido muchos trámites. La reforma autoriza que los hospitales les cobren directamente a las aseguradoras por accidentes por valor hasta de 1.100 salarios mínimos diarios. Hay un solo pagador para la clínica.

14. Se generan nuevos recursos para la prevención del consumo de drogas y la rehabilitación de drogadictos. Con la reforma de la salud contemplada en los decretos de Emergencia Social, sededica un porcentaje muy importante de los recursos de la Dirección de Estupefacientes, para poder avanzar en la financiación de las políticas de prevención del consumo de droga y de rehabilitación de drogadictos. Esto en cumplimiento del acto legislativo aprobado por el Congreso de la República, que acabó con la permisividad de la dosis personal y ordenó prevenir y rehabilitar a los afectados por el consumo.

15. Se establece el anticipo de recursos para darle liquidez al sistema de salud. Se busca que el sistema de salud no tenga problemas de rapidez en el flujo de recursos mientras se aprueban las cuentas que presentan las EPS ante el Fosyga.

16. Se autoriza un proceso ágil y transparente de conciliación para resolver pleitos. Estos pleitos se relacionan con reclamos de las EPS a los alcaldes, de las EPS con el Fosyga y del Fosyga con los hospitales. El nuevo proceso de conciliación le dará mayor eficiencia y armonía al sistema.

17. La Emergencia Social exige que el POS sea actualizado permanentemente. Esto reconociendo que las enfermedades evolucionan y también la ciencia médica. La actualización se hará sin desmejorar el POS sino todo lo contrario: nivelándolo por lo alto, al elevar los beneficios del Régimen Subsidiado y ponerlos al mismo nivel del Régimen Contributivo.

18. Da mayores posibilidades a médicos y odontólogos de mejorar su remuneración. En la medida en que, por cuenta de la Emergencia Social, se eleven los beneficios del Régimen Subsidiado para ponerlos al nivel de los del Régimen Contributivo, se podrá avanzar en el mejoramiento de la remuneración de médicos y odontólogos. Además, en los decretos se imponen normas de austeridad orientadas a mejorar el área misional de los hospitales, de la cual forma parte la remuneración de los profesionales de la salud y la medicina.


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