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Planeación Nacional suspendió giros de regalías a 40 entidades territoriales

La medida afecta a una gobernación y 39 municipios que no remitieron información completa y consistente sobre la destinación de las regalías.  El monto suspendido asciende a 58 mil 329 millones de pesos.

Bogotá, 9 jul (SP). El Departamento Nacional de Planeación (DNP) ordenó la suspensión del giro de  regalías y compensaciones por 58 mil 329 millones de pesos a 40 entidades territoriales beneficiarias.

La medida, que afecta a 39 municipios y una gobernación, se adoptó porque no remitieron información completa y consistente, requerida para ejercer debidamente la función de control y vigilancia a dichos recursos de la vigencia 2009.

Adicionalmente, se ordenó la suspensión por no reportar la información de las inversiones temporales de liquidez. 

Las 40 entidades objeto de la medida de suspensión de giros fueron: Cisneros (Antioquia); Baranoa, Luruaco, Malambo y Soledad (Atlántico); Margarita, Montecristo, Río Viejo, San Fernando, San Jacinto del Cauca, Norosí, San Juan Nepomuceno, San Martín de Loba y Talaigua Nuevo (Bolívar); La Victoria (Boyacá); Chimichagua, San Alberto y La Gloria (Cesar) y Cajicá (Cundinamarca).

Así mismo, Quibdó, Medio Atrato, Río Quito, Atrato y Medio San Juan (Chocó); Rivera, Villavieja y Tello (Huila); El Molino (La Guajira); Santa Ana (Magdalena); Puerto Gaitán (Meta); Los Patios (Norte de Santander); La Belleza, Los Santos, Puente Nacional, Puerto Parra, Simacota y Zapatoca (Santander); El Roble (Sucre); Valle del Guamuez (Putumayo) y el  Departamento del Guainía.

Dentro de los suspendidos se encuentra el municipio de Puerto Gaitán, Meta, que además de no suministrar la información de acuerdo con la Ley, tiene un manejo irregular de la cuenta única de regalías, según reporte de la Interventoría Administrativa y Financiera de Planeación Nacional.

A esta localidad le fueron girados, por concepto de explotación de hidrocarburos, 48 mil 630 millones de pesos en 2009 y, en 2010, con corte a junio 63 mil 790 millones de pesos.

El levantamiento de la suspensión se ordenará una vez la entidad beneficiaria subsane la causal que originó la medida, para lo cual debe entregar la información pendiente y la ejecución presupuestal de ingresos y gastos de la vigencia en curso ajustada a los criterios previstos en la normativa vigente, así como la relación de inversiones financiadas con regalías.

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