Bogotá, 9 mar (SP). El siguiente es el comunicado divulgado este martes por el Ministerio del Interior y de Justicia sobre la Política Criminal y Penitenciaria.
El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, se permite informar a la opinión pública que:
1. Daniel Alejandro Serna, alias ‘Kener’, fue capturado el 17 de julio de 2008. En la actualidad se encuentra sindicado por los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado ante la Fiscalía 29 Especializada de Medellín, además de tener 13 requerimientos por parte de otras autoridades en la ciudades de Montería, Neiva y Bogotá.
2. Por solicitud del coronel Luis Eduardo Martínez, Comandante de la Policía Metropolitana de Medellín, mediante oficio 6676 del 9 de octubre de 2009, y tomando en consideración informes de inteligencia que señalaban una posible fuga y la comisión de actos delictivos desde la cárcel de Itagüí, el Inpec trasladó al sindicado a la cárcel de alta seguridad de Palmira el 19 de octubre de 2009.
3. Alias ‘Kener’ interpuso una tutela contra el Inpec, por medio de la cual buscaba ser retornado a la ciudad de Medellín argumentando de nuevo razones de salud. Sin embargo, el Juez Decimosexto Penal del Circuito de Medellín, negó dicha tutela el 27 de octubre de 2009.
4. La entonces Directora General del Inpec, Teresa Moya, mediante oficio 3273 del 7 de diciembre de 2009 informó a la Fiscal 29 especializada de Medellín que por razones de seguridad y con base en la información de inteligencia de la Fuerza Pública, el sindicado debía permanecer en Palmira y no ser trasladado a Medellín para efectos de adelantar una diligencia judicial, ofreciendo los medios técnicos con lo que contaba el Inpec para una audiencia virtual. Dicha solicitud no fue aceptada por la Fiscal.
5. El 11 de diciembre de 2009, la Fiscal 29 Especializada de Medellín, emitió un auto suspendiendo la detención intramural de alias ‘Kener’ y ordenando la detención hospitalaria en la ciudad de Medellín. Mientras se hacía efectiva esta medida por parte del Inpec, el abogado de alias ‘Kener’ interpuso un Habeas Corpus que fue negado por el Juez 17 Administrativo del Circuito de Medellín, razón por la cual el sindicado permaneció en Palmira, tiempo durante el cual se le ofreció atención médica especializada en esta ciudad y Cali, la cual no fue aceptada por el interno.
6. Estando en Palmira, alias ‘Kener’ interpuso de nuevo otra acción de tutela aduciendo que su tratamiento médico debería realizarse en la ciudad de Medellín, la cual fue fallada a su favor por el juez tercero laboral del circuito de Palmira el 18 de enero de 2010, ordenando finalmente que se le trasladara de nuevo a Medellín bajo detención hospitalaria. Cuando el interno se encontraba en Medellín, la Fiscal 29 Especializada suspendió, el 4 de febrero de 2010, la detención hospitalaria reemplazándola por detención domiciliaria.
7. En los días siguientes a esta decisión judicial, el Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, recibió una llamada del Director General de la Policía Nacional, general Oscar Naranjo, manifestando su preocupación por la determinación adoptada por la Fiscal 29 Especializada de Medellín, y advirtiendo nuevamente sobre la peligrosidad de sindicado.
8. El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, se comunicó de manera inmediata con el Fiscal General de la Nación (e), Guillermo Mendoza Diago, y la Viceprocuradora General, Martha Isabel Castañeda, en ese momento encargada del despacho, a quienes traslado su preocupación y la del General Naranjo, solicitándoles respetuosamente identificar los instrumentos jurídicos que podrían permitir que alias ‘Kener’ fuera de nuevo cobijado con detención hospitalaria o fuera trasladado a una cárcel de alta seguridad, donde el Inpec podría seguir prestando los servicios médicos al sindicado.
9. El Viceministro de Justicia, Miguel Ceballos, en conversación telefónica con el Fiscal General de la Nación (e), Guillermo Mendoza Diago, solicitó realizar un examen médico legal por parte de la Dirección Nacional del Instituto de Medicina Legal con sede en Bogotá, para verificar la situación real de salud del sindicado, como efectivamente fue ordenado por la Fiscal 29 Especializada, cuyo resultado no se conoce.
10. El Ministerio del Interior y de Justicia siempre ha expresado la inconveniencia y el grave peligro que implicaba la detención domiciliaria de alias ‘Kener’ en la ciudad de Medellín, por tratarse del lugar de mayor influencia de su actividad criminal y por considerar que la medida creaba un riesgo innecesario para garantizar la custodia del sindicado, hechos suficientemente conocidos por la Fiscal 29 Especializada de Medellín.
11. El Inpec ha dado traslado a las autoridades competentes para que se inicien las investigaciones a que haya lugar, buscando establecer las responsabilidades que frente a la fuga del señor Daniel Alejandro Serna, alias ‘Kener’, puedan tener miembros de todas y cada una de las instancias de la Rama Ejecutiva y Judicial que directamente han intervenido en este caso.
12. Reiterando lo expresado por el señor Presidente de la República, las decisiones de quienes administran justicia en Colombia deben compadecerse de la lucha que con éxito y gran sacrificio vienen librando las Fuerzas Militares y de Policía contra los más peligrosos criminales en el país. Las autoridades judiciales, al otorgar beneficios como el de la detención domiciliaria, deben valorar la peligrosidad del delincuente, que en este caso era públicamente reconocida.
13. La implementación de la Política Criminal y Penitenciaria necesita el concurso de todas las instancias del Estado, con igual responsabilidad en la lucha contra la impunidad.
Bogotá, 9 de marzo de 2010 |