Depósito para las inversiones de portafolio podrá realizarse tanto en pesos como en moneda extranjera. También se modificó la tabla de porcentajes de descuento por la restitución del depósito.
Bogotá, 14 dic (SP). El Gobierno Nacional expidió el decreto 4814 del 14 de diciembre del presente año, por medio del cual se modifican algunos artículos del régimen general de inversiones de capital del exterior en Colombia y del capital colombiano en el exterior.
En primer lugar, el decreto establece que el depósito para las inversiones de portafolio podrá realizarse tanto en pesos como en moneda extranjera.
Por otro lado modifica la tabla de porcentajes de descuento por la restitución del depósito.
Finalmente, se exceptúan del requisito de constitución del depósito las inversiones realizadas en emisiones primarias de acciones. |