Octubre 16

ABC de la Ley de Talento Humano en Salud

Fue sancionada por el presidente Álvaro Uribe Vélez, y tiene como fin elevar la calidad de los servicios en salud que reciben los colombianos, así como  mejorar las condiciones profesionales y de incentivos para los profesionales en esta área.

Bogotá, 16 oct (SP). El presidente Álvaro Uribe Vélez sancionó la Ley de Talento Humano en Salud, mediante la cual fueron establecidos mecanismos dirigidos a elevar los índices de calidad del sector de la salud en el país.

Entre otros aspectos, la Ley contempla la creación del Consejo Nacional de Salud y del Registro Único Nacional de Talento Humano en Salud. Adicionalmente se establecen mecanismos para garantizar que estos profesionales se mantengan actualizados. 

También establece la necesidad de fijar topes en materia de tarifas en la prestación de servicios médicos.

¿Qué es el talento humano en salud?

Es el personal que interviene en la promoción, educación, información de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad de los colombianos.

¿Qué es el Consejo Nacional de Salud?

Es un organismo asesor del Gobierno Nacional, de carácter permanente, para la definición de políticas en esta materia. De esta manera el ejecutivo estará retroalimentado por todos los actores para la implementación de las políticas de Talento Humano en este sector.

¿Quiénes conforman este Consejo?

Este Consejo tendrá la representación del Gobierno Nacional, las instituciones educativas, tanto de profesionales como de auxiliares, de los estudiantes de las áreas relacionadas con la salud y de las instituciones y entidades prestadoras de salud.

¿Qué es el Registro único Nacional?

Este registro permitirá la inscripción del personal de salud para que cumpla los requisitos establecidos para mantener y elevar la calidad de los servicios que se prestan.

De acuerdo con esta Ley, el Gobierno, con la participación obligatoria de las universidades, asociaciones científicas, colegios y agremiaciones de cada disciplina, diseñará los criterios, mecanismos, procesos y procedimientos necesarios para garantizar la idoneidad del personal de salud e implementar el proceso de recertificación dentro de los seis meses siguientes a la expedición de la presente ley a través de este registro,

Con esta certificación los profesionales y auxiliares deberán demostrar que se mantienen actualizados en sus competencias para ejercer sus actividades.

¿Qué organismo realiza el proceso de recertificación?

El proceso de recertificación de los profesionales será realizado por los colegios profesionales con funciones públicas delegadas de conformidad con la reglamentación que para los efectos expida el Ministerio de la Protección Social quien ejercerá la segunda instancia en estos procesos. En caso de que una profesión no tenga colegios con funciones públicas delegadas estas serán efectuadas por el Ministerio de la Protección Social.

¿Qué es el Observatorio del Talento Humano en Salud?

La ley le da fundamento legal al Observatorio del Talento Humano en Salud, como una instancia del ámbito nacional y regional, cuya administración y coordinación estará a cargo del Ministerio de la Protección Social.

Este observatorio aportará conocimientos e información sobre el Talento Humano en Salud a los diferentes actores involucrados en su desarrollo y organización.

¿Cómo se vigilarán los programas de formación en salud?

El Ministerio de Educación Nacional teniendo en cuenta las recomendaciones del Consejo Nacional del Talento Humano en Salud, definirá y mantendrá actualizados los criterios de calidad, para el registro calificado y acreditación de los programas de formación en el área de la salud.

¿Esta ley contempla la medicina alternativa?

Si. Los profesionales autorizados para ejercer una profesión del área de la salud podrán utilizar la medicina alternativa y los procedimientos de las terapias alternativas y complementarias en el ámbito de su disciplina, para lo cual deberán acreditar la respectiva certificación académica de esa norma de competencia, expedida por una institución de educación superior legalmente reconocida por el Estado.

Tarifas para la prestación de los servicios de salud:

El Consejo Nacional del Talento Humano en Salud dará concepto técnico al Ministerio de la Protección Social sobre la definición del manual de tarifas mínimas expresada en salarios mínimos diarios legales para la prestación de servicios en este sector.

Esta medida tiene como fin garantizar el equilibrio del mercado de servicios, de la unidad de pago por capitación y el respeto a la autonomía profesional.

Incentivos de la Ley para el Talento Humano en salud

De este Programa de estímulos e incentivos harán parte las becas créditos, las cuales serán otorgadas teniendo en cuenta las necesidades prioritarias de formación del Talento Humano en las áreas clínicas y/o quirúrgicas y de investigación, con dedicación exclusiva en las distintas especialidades reconocidas en salud.

Estas  becas se focalizarán de acuerdo con la capacidad de financiamiento de los beneficiarios, las necesidades regionales y los recursos disponibles, conforme a las condiciones que establezca su reglamentación.

Incentivos para los profesionales de la salud en sitios de difícil acceso

Los profesionales de la salud que hayan prestado el servicio social en lugares de difícil acceso, los egresados de programas educativos acreditados o el personal que laboró en las Instituciones prestadoras de servicios de salud acreditadas, tendrán prioridad para acceder a las becas crédito ofrecidas por el Gobierno Nacional.

¿Qué es el Servicio Social?

Esta Ley contempla la creación del Servicio Social Obligatorio para los egresados de los programas de educación superior del área de la salud, el cual debe ser prestado en poblaciones deprimidas urbanas o rurales o de difícil acceso a los servicios de salud, en entidades relacionadas con la prestación de servicios, la dirección, la administración y la investigación en las áreas de la salud.

El Estado velará y promoverá que las instituciones prestadoras de servicios (IPS), Instituciones de Protección Social, Direcciones Territoriales de Salud, ofrezcan un número de plazas suficientes, acorde con las necesidades de la población en su respectiva jurisdicción y con el número de egresados de los programas de educación superior de áreas de la salud.

¿Cuánto tiempo dura la prestación del Servicio Social?

El servicio social debe prestarse, por un término no inferior a seis (6) meses, ni superior a un (1) año.

El cumplimiento del Servicio Social se hará extensivo para los nacionales y extranjeros graduados en el exterior, sin perjuicio de lo establecido en los convenios y tratados internacionales.

 

Imprimir