El organismo se constituye en una herramienta del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. El Plan define como evento de afluencia masiva aquel en el que se congregan más de mil personas, en un lugar con la capacidad o infraestructura para ello, bajo la responsabilidad de una organización con el control y soporte necesarios.
Bogotá, 25 oct (SP). El Gobierno Nacional adoptó el Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público y conformó la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos, mediante la expedición del Decreto 3888 del 2007.
De acuerdo con la norma, el objetivo del organismo es “servir como instrumento rector para el diseño y la realización de actividades dirigidas a prevenir, mitigar y dotar al Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres de una herramienta que permita coordinar y planear el control y la atención de riesgos y sus efectos asociados sobre las personas, el medio ambiente y las instalaciones en esta clase de eventos”.
El Decreto define ‘evento de afluencia masiva de público’ aquel que congrega a más de 1.000 personas en un lugar con la capacidad o infraestructura para ello, bajo la responsabilidad de una organización con el control y soporte necesarios para su realización.
Sin embargo, señala que los respectivos Comités Regionales o Locales podrán caracterizar como eventos masivos aquellos en los que se reúne un número inferior a mil personas, “dada la relevancia en la capacidad operativa regional o local, el tipo del evento, el aforo necesario, la concentración del público y de las condiciones del lugar del evento, principalmente”.
El Plan ordena a los alcaldes distritales y municipales, o a los secretarios de Gobierno o de Interior, la organización de un Puesto de Mando Unificado (PMU), que coordinará a los organismos y entidades de socorro y apoyo y velará por el adecuado cumplimiento de normas y procedimientos establecidos por el Gobierno Nacional.
El Decreto establece como escenarios no permitidos para eventos masivos “estructuras ecológicas que cumplan una finalidad ambiental pasiva y paisajística o que sirvan como corredores verdes urbanos, como las rondas de los ríos y canales y las reservas forestales, así como edificaciones declaradas monumento nacional”.
Así mismo, señala que la responsabilidad de la ocurrencia de accidentes, emergencias y desastres en eventos masivos por el incumplimiento de lo establecido en el Decreto dará lugar a la apertura de los respectivos procesos disciplinarios, civiles y penales.
También advierte que cualquier evento de afluencia masiva podrá ser suspendido por las autoridades de policías locales, si se confirma el incumplimiento de lo establecido en el Decreto.
Comisión Asesora de Programas Masivos
La Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos estará conformada por los ministros del Interior y de Justicia, de la Protección Social y de Cultura. Así mismo, por el Comandante de las Fuerzas Militares, el Director de la Policía Nacional, el Director de la Defensa Civil, el Director de Prevención y Atención de Desastres y un representante del Sistema Nacional de Bomberos de Colombia. |