Abril 04

MinInterior reitera que los bienes públicos son inembargables

El Ministerio del Interior y de Justicia remitió a gobernadores y alcaldes una circular que busca darles herramientas para evitar que en el futuro se decreten embargos judiciales sobre los bienes de la Nación. La comunicación recuerda que, por ejemplo, la inembargabilidad de bienes públicos está consagrada en el artículo 63 de la Constitución Política.

Bogotá, 4 abr (SP). Debido a las múltiples decisiones judiciales que ordenan el embargo de rentas o bienes de los municipios y departamentos, el Ministerio del Interior y de Justicia, a través de una circular dirigida a gobernadores, alcaldes, secretarios y asesores jurídicos, entregó a estas entidades algunos parámetros para lograr el desembargo de los bienes públicos.

El objetivo de la comunicación es brindar apoyo a los mandatarios regionales y municipales para evitar que en el futuro se decreten embargos judiciales sobre los bienes de la Nación.

Para el efecto, el Ministerio emitió una resolución que contiene la normatividad vigente y los argumentos de defensa judicial que deben esgrimirse en los procesos.

La inembargabilidad de los bienes públicos está consagrada en el artículo 63 de la Constitución Política, que señala: “Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la Ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables”.
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