Junio 03

Nueva evidencia de declarantes de renta ‘colados’ en niveles I y II del Sisbén

Bogotá, 3 jun (SP). El Ministerio de Hacienda y el Departamento Nacional de Planeación (DNP), a través de una labor exhaustiva y minuciosa, encontraron mediante análisis separados, evidencia de personas declarantes del impuesto de renta registrados y clasificados en los niveles I y II del Sisbén, que es la encuesta que utiliza el Gobierno Nacional para la entrega de subsidios de vivienda, salud, educación y otros, a la población más pobre del país.

Este hecho fue conocido gracias a los cruces que cada entidad ha venido efectuando entre las bases de datos de personas registradas en el Sisbén, con los registros de los declarantes de renta incluidos en el Registro Único de Aportantes (RUA) de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

Por una parte, Planeación Nacional, usando la base nacional consolidada del Sisbén con corte a 30 de noviembre de 2007, realizó el cruce de la información de todos aquellos registros existentes con fechas de los años 2004 y 2005, con aquellos existentes en las bases de declarantes de la Dian para los mismos años.

Como resultado, en el total de los 32.9 millones de registros de la base consolidada Sisbén, se hallaron 63 mil registros de personas declarantes de renta para los años anteriormente referidos, equivalentes a 215 mil personas (incluyendo declarantes con su respectivo núcleo familiar).

De éstos, 19 mil 835 corresponden a declarantes clasificados en los niveles 1 y 2 del Sisbén, es decir, 75 mil personas, al incluir sus núcleos. Las restantes 140 mil aparecen registradas en los niveles 3 y más.

Con estos hallazgos, el DNP procedió, a partir del 26 de febrero de 2008, a suspender de la base del Sisbén los registros anteriormente referidos, dando paso a que las personas afectas por esta medida presentaran los descargos correspondientes, con los soportes idóneos, para regularizar su situación.

El DNP realiza permanentemente procesos de depuración, validación y control de calidad de la base de datos del Sisbén, los cuales podrán sufrir mejoras notables en la medida en que la colaboración entre las dos entidades, con el intercambio regular y oportuno de información, continúe fortaleciéndose.

Según Planeación, es deseable, en la medida en que el RUA se actualice, contar con dicha información para proceder a realizar los procedimientos que han sido anteriormente mencionados, al momento de oficializar la base de datos en cada uno de sus cortes.

Esta entidad se halla finalizando el proceso de depuración de la base de datos del Sisbén con corte a marzo de 2008, encontrando de manera preliminar, respecto a los resultados encontrados con la base de noviembre de 2007, 2 mil registros adicionales en la misma situación.

Ministerio de Hacienda

A su vez la directora del DNP, Carolina Rentería, solicitó al Ministro de Hacienda, Oscar Iván Zuluaga, realizar el cruce de registros del Sisbén con el RUA para el año gravable 2006.

Producto de esta labor, el Ministerio de Hacienda detectó 49 mil 871 personas en la misma situación.

Este procedimiento resulta necesario para que el Departamento Nacional de Planeación depure la información del Sisbén, con el fin de excluir a las personas que pese a contar con recursos económicos suficientes para declarar renta, se están beneficiando de los subsidios del Gobierno, quitándoles la oportunidad a los más pobres.

En el año gravable 2006 tenían que declarar renta los asalariados que tuvieran un ingreso bruto superior a 66 millones 888 mil pesos, o un patrimonio bruto mayor a 89 millones 183 mil pesos.

En el cruce de las bases de datos, el Ministerio de Hacienda encontró a 14 mil 858 ciudadanos que declaran renta registrados en el nivel I del Sisbén y a 35 mil 13 en el nivel II.

También verificó que 17 mil 406 declarantes del impuesto de renta están afiliados al Régimen Subsidiado de Salud, es decir que reciben la atención de salud sin ningún costo.

Así mismo, detectó que 106 mil 266 personas presentaron diferencias sustanciales entre el Ingreso Base de Cotización (IBC) para la afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud y los ingresos que reportan a la Dian en las declaraciones de renta.

Unidad de gestión pensional

Precisamente, el cruce de información con el fin de detectar a las personas que se benefician de los subsidios e incluyen cifras inconsistentes en sus declaraciones de autoliquidación de aportes a la Seguridad Social, es uno de los puntos centrales en los que trabajará la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (Uggp), creada por la Ley 1151 de 2007 y adscrita al Ministerio de Hacienda.

Al Ministerio de Hacienda le corresponde velar por el equilibrio económico del Sistema General de la Seguridad Social y ahí juega un papel importante la completa y oportuna liquidación de los aportes parafiscales de las entidades que hacen parte del sistema de protección social y por la adecuada liquidación de las pensiones a cargo de la Nación.

Entre las funciones de la Ugpp están el reconocimiento de derechos pensionales causados en lo que se refiere al Régimen de Prima Media del orden nacional, y el seguimiento, colaboración y determinación de la adecuada, completa y oportuna liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la protección social.

En cuanto a las contribuciones parafiscales, esta Unidad recomendará estándares a los procesos de determinación y cobro que le corresponden a las administradoras y demás entidades del Sistema de Protección Social, le hará seguimiento a dichos procesos y administrará mecanismos de consolidación de información del Sistema de la Protección Social.

Además, la Ugpp podrá, entre otros, solicitar, consolidar y cruzar la información relevante y disponible para verificar la exactitud de las declaraciones de autoliquidación, adelantar las investigaciones o visitas de inspección y solicitar, citar o requerir a aportantes, afiliados o beneficiarios las explicaciones sobre las inconsistencias en la información relativa al cumplimiento de sus obligaciones y proferir las liquidaciones oficiales que podrán ser utilizadas para el cobro de las sumas adeudadas.

Para ello, el Gobierno Nacional prepara los decretos que dispondrán el funcionamiento y puesta en marcha de la Ugpp creada en el actual Plan de Desarrollo o Ley 1151 de 2007.

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