Junio 28

Gobierno e ISA firman contrato de estabilidad jurídica por 20 años

El convenio tiene un costo para ISA de 7 mil 10 millones de pesos, que corresponden al 1 por ciento del valor de las inversiones que la compañía ejecutó en desarrollo de los Proyectos Upme 1 y Upme 2, en el año 2003, y de la ampliación de la subestación Caño Limón, en Arauca.

Cartagena, 28 jun (SP). El Ministerio de Minas y Energía firmó un contrato de estabilidad jurídica con Interconexión Eléctrica S.A. (ISA), que le permitirá a la compañía estabilizar por 20 años algunas normas de los impuestos a la renta y al patrimonio, sobre la actividad de transmisión de energía eléctrica.

El contrato hace posible que la empresa garantice en el tiempo el cumplimiento de una serie de normas relevantes del Estatuto Tributario, que se consideraban determinantes en la ejecución y explotación de sus proyectos.

Entre las normas estabilizadas se destacan la relacionada con la tarifa nominal del Impuesto sobre la Renta en el 33 por ciento, la renta presuntiva como un 3 por ciento sobre el patrimonio líquido y la deducibilidad del componente inflacionario de los rendimientos financieros en el impuesto a la renta.

También contempla el descuento en el impuesto sobre la renta del IVA pagado en la importación de equipos para la industria eléctrica, la deducción especial del 40 por ciento por la realización de inversiones en activos fijos reales productivos y el impuesto temporal (2007 -2010) al patrimonio.

El convenio tiene un costo para ISA de 7 mil 10 millones de pesos, que corresponden al 1 por ciento del valor de las inversiones que la Compañía ejecutó en desarrollo de los Proyectos Upme 01 y Upme 02 de 2003 y la ampliación de la subestación Caño Limón, en Arauca. Este monto deberá ser pagado en cinco años, en cuotas semestrales.

El documento cobija toda la actividad de transmisión de energía eléctrica de ISA.

La estabilidad jurídica es la garantía que otorga la Nación a un inversionista de que continuará aplicando una normatividad determinada por un término definido en un contrato, en el caso de que las reglas tengan modificaciones adversas a la compañía firmante.

Este tipo de contrato, que busca promover nuevas inversiones y/o ampliar las existentes en el país, se ampara en la Ley 963 de 2005, los decretos 2950 de 2005 y1474 de 2008 y los documentos Conpes 3366 y 3406 de 2005.

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