RECOMENDACIONES PARA CONDUCTORES
Bogotá, 7 abr. (SNE).- A
continuación un resumen de las principales recomendaciones
hechas por la Policía de Carreteras.
- Inicie sus desplazamientos con tiempo.
- Haga una revisión previa técnico
mecánica de su vehículo.
- Conduzca sobrio y descansado.
- Cierre las puertas con seguro y lleve los vidrios
arriba mientras conduce.
- Lleve el equipo completo de carreteras.
- Utilice el cinturón de seguridad.
- Lleve consigo la licencia de conducción
vigente y los documentos del vehículo en regla tales como
el seguro obligatorio vigente.
- Pague los peajes.
- Lleve a los menores de 10 años en el
asiento de atrás.
- Coloque los triángulos o conos para
estacionar un vehículo varado.
- Recuerde que la velocidad máxima en
carretera es de 80 kilómetros por hora y de 60 kilómetros
por hora en zonas urbanas.
-No hable por celular, radio, avantel mientras
conduce.
- Los conductores de vehículos particulares
y públicos deben respetar la capacidad autorizada de sus
automotores.
- No adelante a otro vehículo en berma,
túnel, curva, puentes, pasos a nivel y cruces no regulados.
- Permita el paso de vehículos de emergencia
- Encienda las luces en el día y en la
noche cuando conduce por carretera.
- Está prohibido transportar pasajeros
en un vehículo de carga tales como carrocería de
platón, estaca, furgón o plataforma.
Condiciones del vehículo
- Para transitar por las diferentes rutas de
la red vial nacional, el vehículo como mínimo debe
tener las siguientes características:
- Buen estado de luces. Que posea luces bajas,
luces de reverso, luces altas, luces direccionales, luces estacionarias,
como mínimo una luz interior blanca, y las luces de la placa,
para que éstas se encuentren en condiciones suficientes
para ser reconocidas por el agente de tránsito o en su defecto
del Policía de Carreteras.
- Frenos, pito, espejos laterales y/o un retrovisor,
llantas con mínimo dos milímetros de labrado y batería
en buen estado.
Equipo de prevención en carreteras
Según el Artículo 30 del Código
Nacional de Transito (Ley 769 del 6 de agosto de 2002), ningún
vehículo podrá transitar por las vías del
territorio nacional sin portar el siguiente equipo de carretera
como mínimo:
- Un gato con capacidad para elevar el vehículo.
- Una cruceta.
- Dos señales de carretera en forma de
triángulo en material reflectivo y provistas de soportes
para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal
de luz amarilla intermitentes o de destello.
- Un botiquín de primeros auxilios.
- Un extintor.
- Dos tacos para bloquear el vehículo.
- Caja de herramienta básica que como
mínimo deberá contener: Alicate, destornilladores,
llave de expansión y llaves fijas.
- Llanta de repuesto.
- Linterna.
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS
Servicio particular
- Licencia de conducción
- Seguro Obligatorio
- Control de emisión de gases
- Servicio público.
Carga
- Manifiesto de Carga
- Licencia de Tránsito
- Licencia de conducción
- Seguro Obligatorio
- Control emisión de gases
Pasajeros
- Planilla de viaje ocasional (intermunicipal)
- Licencia de tránsito
- Licencia de Conducción.
- Seguro Obligatorio
- Control emisión de gases
- Seguro contractual y extracontractual.
LÍNEAS DE ATENCION DE EMERGENCIAS
POLICÍA NACIONAL
Desde cualquier celular marque gratis:
#767 para reportar irregularidades en las vías.
INFORMACIÓN ESTRATEGICA VIAL
Movistar - *842
Comcel - *767
Avantel - *767
CAD 112
LÍNEA DIRECTA
Atención al ciudadano 018000 - 910600
018000 - 910112
LÍNEA ANTITERRORISTA 018000
- 919621
018000 - 127627
GAULA
Antisecuestro y extorsión 165
Línea red de cooperantes 146.