Bogotá, 24 abr. (SNE).- Inversiones por 22.670 millones
de pesos registró el sector hotelero en Colombia entre
enero y la mitad de abril de 2006, según lo reveló un
informe de tendencias del turismo elaborado por Proexport.
El reporte, que toma como base datos de la Dirección
de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, señaló que
las inversiones han tenido como destino la construcción
de establecimientos nuevos y la remodelación de infraestructura
existente.
“
Se han invertido 22.670 millones de pesos, de los cuales 7.263
millones corresponden a inversiones en hoteles nuevos y 15.407
millones a inversiones en remodelaciones” precisó el
informe.
Las inversiones más altas se hicieron en el departamento
de Antioquia, con 7.200 millones de pesos; en el Atlántico,
con 4.286 millones; y en Bogotá, con 3.589 millones de
pesos.
Luego se situó Amazonas, con 2.301 millones de pesos;
Tolima, con 2.080 millones; Quindío, con 1.682 millones;
Norte de Santander, con 1.041 millones; Risaralda, con 291 millones;
y Sucre, con 200 millones de pesos.
Gracias a estas inversiones 1.015 habitaciones de establecimientos
de alojamiento en los mencionados departamentos quedaron cobijadas
por la exención en el pago del impuesto de renta, tal
como lo establece la Ley 788 del año 2002.
De las 1.015 habitaciones cobijadas por la medida, 520 fueron
remodeladas y 495 nuevas, señala el reporte de Proexport.
LA EXENCIÓN
El alivio en el pago del impuesto de renta está contemplado
en la ley 788 de 2002, que estableció una serie de exenciones
tributarias en varios sectores de la economía, entre ellos
el hotelero.
Según el Decreto 2755 de 2003 –por medio del cual
se reglamentaron las exenciones- las rentas provenientes de servicios
prestados en hoteles nuevos construidos a partir del primero
de enero de 2003, están exentas del impuesto sobre la
renta por un término de 30 años, contados a partir
del año gravable 2003.
Igual beneficio aplica para los servicios de alojamiento prestados
por hoteles remodelados o ampliados, dentro de los 15 años
siguientes contados a partir del primero de enero de 2003.
Entre los requisitos exigidos por la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales (DIAN) para otorgar la exención
se encuentran la inscripción en el Registro Nacional
de Turismo; y la certificación expedida por el Ministerio
de Comercio, Industria y Turismo sobre la prestación
de servicios en el establecimiento que hace la solicitud para
beneficiarse con
el alivio.