Colombia se compromete
a destruir explosivos sin marcar
SE ADOPTARÁN MEDIDAS PARA PROHÍBIR FABRICACIÓN
DE EXPLOSIVOS SIN MARCAR
Bogotá, 2 ago. (SNE).- Con la sanción de la Ley
1077, Colombia se compromete con la comunidad internacional a adoptar
las medidas necesarias y eficaces para prohibir e impedir la fabricación
en su territorio de explosivos sin marcar, los cuales pueden ser
usados en actos terroristas.
La Ley aprueba el ‘Convenio sobre la Marcación de
Explosivos Plásticos para los Fines de Detección’,
firmado por Colombia en Montreal, el primero de marzo de 1.991.
El convenio se creó dada la preocupación que existe
en el uso de estos explosivos plásticos para realizar, especialmente,
atentados terroristas contra aeronaves, otros medios de transporte
y cualquier objetivo.
Además, cumple con la exigencia del Consejo de Seguridad
de Naciones Unidas de 1989, en la que insta a la Organización
de Aviación Civil Internacional, para que intensifique su
labor a fin de establecer un régimen internacional de marcas
de explosivos plásticos o en lámina.
“Cada Estado parte adoptará las medidas necesarias
para ejercer un control estricto y efectivo sobre la tenencia o
transferencia de la tenencia de los explosivos sin marcar que se
hayan fabricado o introducido en su territorio antes de la entrada
en vigor de este Convenio respecto de dicho Estado, a fin de impedir
su apoderamiento o utilización con fines incompatibles con
los objetivos de este convenio”, dice el texto del Convenio.
Exige adoptar medidas para que todas las existencias de dichos
explosivos, que no estén en poder de las autoridades, se
destruyan, se marquen o transformen en sustancias inertes, dentro
de un plazo de tres años a partir de la entrada en vigencia
del Convenio.
El Estado tiene un plazo de 15 años para tomar las medidas
que sean necesarias a fin de destruir o marcar las existencias
de estos explosivos que estén en manos de las autoridades
y no estén incorporados como parte integrante de los artefactos
militares debidamente autorizados.
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