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Otro 1% se otorgará a bachilleres que provengan de departamentos sin universidades

1% DE CUPOS UNIVERSITARIOS SERÁ PARA ESTUDIANTES DE ZONAS AFECTADAS POR LA VIOLENCIA

  • Icetex debe crear una línea especial de crédito para bachilleres de departamentos sin claustros universitarios o de municipios apartados y con problemas de orden público.

Bogotá, 9 ago. (SNE). - Las universidades públicas y privadas están obligadas a otorgar el 1 por ciento de sus cupos a bachilleres de los departamentos donde no existan instituciones de educación superior. En tanto que otro 1 por ciento de sus cupos disponibles deberán asignarlos a estudiantes que provengan de municipios de difícil acceso o con problemas de orden público.

Así lo estableció el Gobierno Nacional a través de la Ley 1084 de 2006, que acaba de sancionar el presidente Álvaro Uribe Vélez y cuyo propósito es fortalecer la educación superior en zonas apartadas de difícil acceso, afectadas por la violencia y con nula cobertura universitaria.

Estos cupos serán seleccionados mediante un sistema especial que las universidades deberán reglamentar en los próximos tres meses.

CRÉDITO ESPECIAL

Igualmente la ley ordena al Icetex crear una línea especial de crédito que beneficie a bachilleres de departamentos sin claustros universitarios o de municipios apartados y con problemas de orden público.

A partir de la vigencia de la ley, el Icetex tiene tres meses para establecer el reglamento para la adjudicación de estos créditos especiales, tomando en cuenta las circunstancias sociales, económicas y académicas de cada una de las regiones.

Al estudiante beneficiario de la línea de crédito especial se le reconocerá un porcentaje del pago de éste, si su trabajo de grado, práctica o pasantía está relacionado directamente con la comunidad de origen.

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