Empresas no pueden exigir pago para atender
reclamos
MINAMBIENTE ANUNCIA CONTROL A TARIFAS DE SERVICIOS PÚBLICOS
- “La teoría de pague primero y reclame después
debe acabarse”: Juan Lozano.
Bogotá, 9 ago. (SNE).- “Aquí se tiene que
acabar esa teoría de pague primero y reclame después,
porque ante un incremento injustificado de su factura la gente
tiene el derecho de pagar el promedio de los meses anteriores y
que le tramiten inmediatamente su reclamo”.
Así lo aseveró el ministro de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial, Juan Lozano Ramírez, al explicar
la estrategia que implementará su cartera, conjuntamente
con la Superintendencia de Servicios Públicos y la Comisión
Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), para
evitar que los usuarios de servicios públicos se vean afectados
por incrementos súbitos en la facturación.
“Vamos a instruir a todas las empresas de servicios públicos,
y se hará en llave con la Superintendencia y con la CRA,
con el fin de trabajar con las oficinas de defensa de los usuarios
y de atención al cliente para que se le respeten sus derechos”,
dijo Lozano Ramírez.
De acuerdo con el jefe de la cartera de
Ambiente y Vivienda, las personas tienen el derecho de pagar
el promedio de su factura y
que les tramiten la reclamación.
“Cuando hay un salto en la facturación, que en muchos
casos es culpa de la misma empresa de servicios públicos,
no se puede poner a la gente contra la pared, obligarla a empeñar
el televisor o el reloj, y a quedar en sobregiro para pagar una
factura injustificada y que luego mire a ver si puede reclamar”,
insistió el Ministro.
Por eso se realizarán instructivos, talleres y campañas
de información en las que participen las empresas y la Superservicios.
Adicionalmente se apoyará el esfuerzo de la CRA en la expedición
de normas orientadas a evitar el abuso de posición dominante.
Según el funcionario, la normatividad
existente es clara en el sentido de que las empresas tienen que
prestar un buen servicio,
cobrar una tarifa justa y respetar los derechos de los usuarios.
Recordó que la normatividad existente deja claro que todo
suscriptor o usuario tiene derecho a presentar peticiones, quejas,
reclamos y recursos ante empresas prestadoras de servicios públicos
domiciliarios, en relación con la prestación del
servicio o la ejecución del contrato de servicios públicos,
y recibir oportuna respuesta a sus solicitudes.
En tanto que las empresas que prestan servicios
públicos
domiciliarios tienen la obligación de tener una oficina
de peticiones, quejas y reclamos, para recibir, atender, tramitar
y responder las solicitudes que presenten los usuarios, suscriptores
o suscriptores potenciales en relación con el servicio que
se preste.
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