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18 de agosto

Lo decidió la Corte Constitucional

EXEQUIBLE COBRO DEL PIN POR PARTICIPAR EN CONCURSO POR VACANTES DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Bogotá, 18 ago. (SNE).- La Corte Constitucional declaró exequible el cobro del Número de Identificación Personal (PIN) que se está exigiendo a los interesados en participar en la Convocatoria Pública 001 de 2005, por medio de la cual se llenarán los cargos que están como provisionales.

A través de la Sentencia C-666/06, la Corte señaló que los fines de la carrera administrativa condensados en el artículo 125 de la Constitución, no se desatienden por el establecimiento de una tarifa diferencial para participar en los respectivos concursos, toda vez que la deben pagar solamente quienes se inscriban en los concursos de méritos, por lo que la carga impuesta no corresponde a todos los ciudadanos.

Además, los montos estipulados por el legislador y que deben sufragar los aspirantes, resultan razonables y proporcionados, y el pago de una tarifa genera responsabilidad y seriedad en los aspirantes, entre otras argumentaciones presentadas.

Agrega que tampoco son procesos de selección fundados en selección política, clientelismo o nepotismo.

La Corte no encontró que se configurara una discriminación, que se violara el derecho de acceso a cargos públicos, ni a los fines de carrera administrativa y advierte que, por el contrario, se preservan.

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