Lo decidió la
Corte Constitucional
EXEQUIBLE COBRO DEL PIN POR PARTICIPAR EN CONCURSO POR VACANTES
DE CARRERA ADMINISTRATIVA
Bogotá, 18 ago. (SNE).- La Corte Constitucional declaró exequible
el cobro del Número de Identificación Personal (PIN)
que se está exigiendo a los interesados en participar en
la Convocatoria Pública 001 de 2005, por medio de la cual
se llenarán los cargos que están como provisionales.
A través de la Sentencia C-666/06, la Corte señaló que
los fines de la carrera administrativa condensados en el artículo
125 de la Constitución, no se desatienden por el establecimiento
de una tarifa diferencial para participar en los respectivos concursos,
toda vez que la deben pagar solamente quienes se inscriban en los
concursos de méritos, por lo que la carga impuesta no corresponde
a todos los ciudadanos.
Además, los montos estipulados por
el legislador y que deben sufragar los aspirantes, resultan razonables
y proporcionados,
y el pago de una tarifa genera responsabilidad y seriedad en los
aspirantes, entre otras argumentaciones presentadas.
Agrega que tampoco son procesos de selección fundados en
selección política, clientelismo o nepotismo.
La Corte no encontró que se configurara una discriminación,
que se violara el derecho de acceso a cargos públicos, ni
a los fines de carrera administrativa y advierte que, por el contrario,
se preservan.
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