COMUNIDADES ORGANIZADAS
PODRÁN SER CONCESIONARIAS DE RADIO COMUNITARIA
- Se abrirá participación a 215 municipios del país.
- 266 emisoras han sido convocadas.
Bogotá, 23 ago. (SNE).- El próximo 14 de septiembre,
el Ministerio de Comunicaciones abrirá la convocatoria pública
dirigida a comunidades organizadas del país, para la adjudicación
de licencias de radios comunitarias.
A través de esta invitación se dará espacio
para la participación de 215 municipios que por diferentes
circunstancias no pudieron cumplir con las condiciones requeridas
en la pasada convocatoria.
La radio comunitaria ha sido una estrategia
para impulsar la participación
ciudadana, el desarrollo local, la educación, la consolidación
cultural y los espacios democráticos. Actualmente el país
cuenta con 460 radios comunitarias que operan con licencia, 224
más se encuentran realizando los trámites correspondientes
para obtener las licencias de concesión y 266 han sido convocadas
para esta invitación.
Adicionalmente 67 organizaciones sociales
más, que actualmente
no cuentan con medio de comunicación radial en cualquiera
de sus modalidades, que tienen frecuencia proyectada en el Plan
Técnico de Radiodifusión y que estén interesadas
en la convocatoria, podrán solicitar al Ministerio de Comunicaciones
la inclusión del municipio antes del 5 de septiembre del
presente año. Las solicitudes que se presenten después
de esta fecha serán rechazadas.
La comunidad interesada en ser titular
de una concesión,
deberá cumplir con las condiciones dadas a través
del decreto 1981 de 2003:
- Ser una comunidad organizada debidamente constituida en Colombia.
- Tener domicilio en el municipio para
el cual se pretende prestar el Servicio Comunitario de Radiodifusión
Sonora.
- Haber desarrollado trabajos con la comunidad
municipal en diferentes áreas
del desarrollo social.
- Acreditar capacidad de congregar a las
organizaciones sociales del municipio para constituir la Junta
de Programación:
- No estar incursa en causal de inhabilidad,
incompatibilidad o prohibición de orden constitucional
o legal.
- No ser concesionario del servicio de
radiodifusión sonora.
- El titular de una concesión que haya dado lugar a la
cancelación de la licencia, no podrá ser concesionario
del servicio por el término de cinco (5) años, contados
a partir de la fecha de ejecutoria del respectivo acto.
Los términos de referencia estarán publicados en
la página Web www.mincomunicaciones.gov.co hasta el 31 de
agosto de 2006, para que los interesados presenten sus observaciones.
Para ampliar esta información comunicarse a la Línea
Gratuita Nacional No 018000 - 912667
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