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COMUNIDADES ORGANIZADAS PODRÁN SER CONCESIONARIAS DE RADIO COMUNITARIA

  • Se abrirá participación a 215 municipios del país.
  • 266 emisoras han sido convocadas.

Bogotá, 23 ago. (SNE).- El próximo 14 de septiembre, el Ministerio de Comunicaciones abrirá la convocatoria pública dirigida a comunidades organizadas del país, para la adjudicación de licencias de radios comunitarias.

A través de esta invitación se dará espacio para la participación de 215 municipios que por diferentes circunstancias no pudieron cumplir con las condiciones requeridas en la pasada convocatoria.

La radio comunitaria ha sido una estrategia para impulsar la participación ciudadana, el desarrollo local, la educación, la consolidación cultural y los espacios democráticos. Actualmente el país cuenta con 460 radios comunitarias que operan con licencia, 224 más se encuentran realizando los trámites correspondientes para obtener las licencias de concesión y 266 han sido convocadas para esta invitación.

Adicionalmente 67 organizaciones sociales más, que actualmente no cuentan con medio de comunicación radial en cualquiera de sus modalidades, que tienen frecuencia proyectada en el Plan Técnico de Radiodifusión y que estén interesadas en la convocatoria, podrán solicitar al Ministerio de Comunicaciones la inclusión del municipio antes del 5 de septiembre del presente año. Las solicitudes que se presenten después de esta fecha serán rechazadas.

La comunidad interesada en ser titular de una concesión, deberá cumplir con las condiciones dadas a través del decreto 1981 de 2003:

- Ser una comunidad organizada debidamente constituida en Colombia.

- Tener domicilio en el municipio para el cual se pretende prestar el Servicio Comunitario de Radiodifusión Sonora.

- Haber desarrollado trabajos con la comunidad municipal en diferentes áreas del desarrollo social.

- Acreditar capacidad de congregar a las organizaciones sociales del municipio para constituir la Junta de Programación:

- No estar incursa en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición de orden constitucional o legal.

- No ser concesionario del servicio de radiodifusión sonora.

- El titular de una concesión que haya dado lugar a la cancelación de la licencia, no podrá ser concesionario del servicio por el término de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de ejecutoria del respectivo acto.

Los términos de referencia estarán publicados en la página Web www.mincomunicaciones.gov.co hasta el 31 de agosto de 2006, para que los interesados presenten sus observaciones.

Para ampliar esta información comunicarse a la Línea Gratuita Nacional No 018000 - 912667

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