Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

 
 
 
Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
8
10
17
23
25
30
5 de Diciembre

MÁS TRANSPARENCIA EN CONTRATACIÓN CON COOPERATIVAS Y ASOCIACIONES DE ENTIDADES TERRITORIALES

Bogotá, 5 dic. (SNE).- Con el fin de agilizar la contratación con cooperativas y asociaciones de entidades territoriales y darle una mayor transparencia y posibilidad de competencia, el Departamento Nacional de Planeación expidió el decreto 4375 del 4 de diciembre.

Con este decreto se modifican tres normas pero el objetivo principal es el de dar una mayor transparencia en la actividad contractual.

Mediante el decreto 2170 de 2002 el Gobierno ordenó que las entidades publiquen los proyectos de pliegos de condiciones o términos de referencia de los procesos de licitación o concurso público, con el propósito de suministrar al público en general la información que le permita formular observaciones al contenido de los documentos antes mencionados.

Esos proyectos de pliegos de condiciones o de términos de referencia, en los casos de licitación o concurso público, se tienen que publicar en la página web de la entidad cuando menos con diez (10) días calendario de antelación a la fecha del acto que ordena la apertura del proceso de selección correspondiente. En el evento en que el proceso de selección sea de contratación directa, este término será de cinco (5) días calendario.

Precisamente en el artículo 14 de ese decreto 2170, el Gobierno Nacional señalaba que en caso de que los contratos solo pudieran ser desarrollados por cooperativas o asociaciones de entidades territoriales, deberían haber previa certificación de la Superintendencia de la Economía Solidaria –en el caso de las cooperativas- y del Ministerio del Interior y la Justicia –en el de las asociaciones de entidades territoriales-.

Pues bien, el decreto 4375 expedido por Planeación Nacional, suprime la obligación de certificación en cabeza de la Superintendencia de Economía Solidaria para las cooperativas, y del Ministerio del Interior para las asociaciones de entidades territoriales.

Pero con el fin de mantener la transparencia de los procesos de contratación se ordena que en el caso de que una entidad territorial (municipio o departamento) vaya a contratar con una cooperativa o una asociación de entidades sin acudir a licitación, tienen que publicar en su página de internet esa intención para que los otros organismos similares puedan competir en igualdad de condiciones.

Sobre este punto específico el nuevo decreto 4375 señala que en el caso de los contratos interadministrativos con cooperativas y asociaciones formadas por entidades territoriales, la selección se hará conforme a la siguiente regla:

“1. La entidad demandante del bien, obra o servicio, invitará a presentar ofertas a todas aquellas cooperativas o asociaciones de entidades territoriales que puedan ejecutar el contrato, para adelantar entre ellas un concurso que permita la selección de la oferta más favorable en los términos del artículo 29 de la Ley 80 de 1993.

2. Las entidades a las que se refiere el presente artículo deberán inscribirse en el RUP, en relación con los contratos a que se refiere el artículo 29 de la Ley 80 de 1993 y sólo podrán celebrar contratos respecto de los cuales posean la debida y comprobada experiencia, solidez financiera, capacidad técnica, administrativa y jurídica que les permita ejecutar directamente y sin necesidad de ningún tercero el correspondiente contrato”.

Así mismo, tienen que publicar todos los proyectos de pliegos de condiciones o términos de referencia de los procesos pliegos de condiciones en el Portal Único de Contratación (PUC), con el propósito de hacer transparente el desarrollo de estos procesos de selección.

Además se exige para la celebración de los contratos de obra, suministro y consultoría, que las asociaciones y cooperativas entre entidades territoriales estén inscritas en el Registro Único de Proponentes (RUP) en las correspondientes actividades, especialidades y grupos.

Imprimir

Linea de Quejas y Reclamos 01800-913666

© 2003 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA