Incluidos registros como el de turismo
y transporte
CÁMARAS PODRÁN ADMINISTRAR REGISTROS DIFERENTES
AL MERCANTIL
Bogotá, 7 dic. (SNE).- Las Cámaras de Comercio
del país quedaron habilitadas para administrar registros
públicos de carácter comercial o empresarial de
personas, bienes o servicios, siempre y cuando celebren contratos
para tal efecto con las autoridades nacionales, municipales y
departamentales.
La medida fue adoptada por el Gobierno Nacional a través
del decreto 4402, el cual autoriza a las Cámaras para
llevar registros diferentes al Mercantil, que actualmente administran
dichas entidades.
Según precisó el Ministerio de Comercio, Industria
y Turismo, de esta manera las cámaras de comercio podrían
entrar a manejar los registros públicos, tales como los
de turismo o transporte, si el Gobierno así lo determina.
El Registro Nacional de Turismo lo hace actualmente el Ministerio
de Comercio, función que en virtud de esta norma podría
trasladarse, a través de un contrato, a las Cámaras
de Comercio.
De acuerdo con la entidad, esta nueva función asignada
a las Cámaras no desvirtúa la naturaleza de las
mismas, toda vez, que con su operatividad se pretende dotar a
los comerciantes y al comercio en general de un mecanismo que
atienda de forma eficiente y efectiva las necesidades propias
del desarrollo de las actividades mercantiles.
El decreto fue sometido a discusión pública a través
de la página WEB del Ministerio de Comercio, que es la
institución del Gobierno a la cual le corresponde definir
la política en materia de Cámaras de Comercio.