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7 de Diciembre

Incluidos registros como el de turismo y transporte

CÁMARAS PODRÁN ADMINISTRAR REGISTROS DIFERENTES AL MERCANTIL

Bogotá, 7 dic. (SNE).- Las Cámaras de Comercio del país quedaron habilitadas para administrar registros públicos de carácter comercial o empresarial de personas, bienes o servicios, siempre y cuando celebren contratos para tal efecto con las autoridades nacionales, municipales y departamentales.

La medida fue adoptada por el Gobierno Nacional a través del decreto 4402, el cual autoriza a las Cámaras para llevar registros diferentes al Mercantil, que actualmente administran dichas entidades.

Según precisó el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de esta manera las cámaras de comercio podrían entrar a manejar los registros públicos, tales como los de turismo o transporte, si el Gobierno así lo determina.

El Registro Nacional de Turismo lo hace actualmente el Ministerio de Comercio, función que en virtud de esta norma podría trasladarse, a través de un contrato, a las Cámaras de Comercio.

De acuerdo con la entidad, esta nueva función asignada a las Cámaras no desvirtúa la naturaleza de las mismas, toda vez, que con su operatividad se pretende dotar a los comerciantes y al comercio en general de un mecanismo que atienda de forma eficiente y efectiva las necesidades propias del desarrollo de las actividades mercantiles.

El decreto fue sometido a discusión pública a través de la página WEB del Ministerio de Comercio, que es la institución del Gobierno a la cual le corresponde definir la política en materia de Cámaras de Comercio.

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