Bogotá, 13 dic. (SNE).- El Congreso de la República
aprobó en último debate el proyecto de reforma
tributaria, una iniciativa a través de la cual se da más
competitividad a la economía colombiana, se estimula la
llegada de inversión extranjera y se modifican algunos
impuestos pero se mantiene el recaudo de tributos en cerca del
16 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).
La primera aprobación la hizo la Plenaria de la Cámara
de Representantes en la tarde del martes, al terminar de aprobar
un articulado que había iniciado a debatir el lunes en
la noche.
Y cerca de la media noche del martes,
la aprobación la
hizo la Plenaria del Senado de la República cuando tomó el
articulado aprobado por la Cámara y le adicionó algunas
proposiciones.
Debido a que los dos textos tienen alguna
diferencia el proyecto será analizado este miércoles por una Comisión
de Conciliación integrada por Senadores y Representantes,
allí se producirá un solo texto consensuado y nuevamente
será votado en las dos plenarias de Cámara y Senado.
Una vez sean aprobados los informes de
conciliación el
proyecto pasará a la sanción del Presidente de
la República y se convertirá en ley.
¿CÓMO FUE EL TRÁMITE?
Este proyecto fue radicado en el Congreso por el Ministerio
de Hacienda el 28 de julio.
Luego entre el 1° de agosto y el 8 de noviembre se hizo
un amplio y profundo proceso de socialización que incluyó 3
citaciones en el Congreso; 4 foros regionales (en Bogotá,
Cali, Medellín y Barranquilla) en donde intervinieron
158 representantes del sector privado, gremios fundaciones, etc.
También hubo 13 reuniones con ponentes y coordinadores
de ponentes con una duración de 104 horas.
Además se recibieron, analizaron y evaluaron 200 cartas
con más de 500 peticiones.
Por su parte el presidente Álvaro Uribe en todos los
foros, seminarios, congresos de gremios, consejos comunales a
los que asistió, analizó y escuchó la opinión
de los colombianos.
Este proyecto que acaba de aprobar el Congreso ha sido uno de
los más socializados y concertados con todos los colombianos,
de los últimos años.
¿CÓMO QUEDÓ?
- Se crea un impuesto a patrimonios mayores
de 3 mil millones de pesos durante los años 2007, 2008, 2009 y 2010. La
tarifa será del 1,2 por ciento. Se esperan recaudar 8,6
billones de pesos para el fortalecimiento y modernización
de la Fuerza Pública.
- La tarifa del impuesto de renta que
este año estaba
en el 38,5 por ciento (incluyendo una sobretasa) pasará en
el 2007 al 34 por ciento y en el 2008 al 33 por ciento.
- El Gravamen a los Movimientos Financieros
o 4 Por Mil quedó permanente,
pero se cobrará únicamente en las cuentas de ahorro
que movilicen más de 7 millones de pesos al mes. También
tendrá una deducción del 25 por ciento que lo podrán
hacer las personas naturales y jurídicas que declaren
renta.
- En el Impuesto al Valor Agregado (IVA)
quedaron ocho tarifas diferenciales del 1,6 por ciento, 3,
5, 10, 16, 20, 25 y 35 por
ciento, dependiendo de los tipos de bienes. A los principales
productos de la canasta familiar como la carne, leche, los huevos,
el pan, la papa, el tomate, la lechuga, la yuca, no se les aplicará el
IVA. En total 38 productos de la canasta familiar no tendrán
IVA.
- Los servicios de aseo, vigilancia y empleo temporal y los
suministros de personal de precooperativas y cooperativas de
trabajo asociado, quedaron con IVA del 1,6 por ciento
- La medicina prepagada, pólizas de cirugía y
hospitalización, los servicios de clubes sociales o deportivos,
el almacenamiento de productos agrícolas, tendrán
IVA del 10 por ciento.
- El café tostado, el arroz para
uso industrial, la harina de trigo, los embutidos, jarabes,
melaza, cacao y pastas, quedaron
con IVA del 10 por ciento.
- La telefonía celular mantiene
el IVA del 20 por ciento.
- En el impuesto de timbre se elevó el monto sobre el
que se aplica de 63 a 120 millones de pesos, pero se marchitará gradualmente.
La tarifa en el 2008 será del 1 por ciento; en el 2009
del 0,5 por ciento y a partir de 2010 del 0 por ciento.
- El impuesto a los cigarrillos cambió la forma como
se aplica. Ahora se gravarán de acuerdo con el precio
de venta al público. La cajetilla de 20 unidades con precio
inferior a los dos mil pesos, tendrá un impuesto de 400
pesos y de 800 cuando el valor supere los dos mil.
- El impuesto del siete por ciento para el giro de remesas o
de utilidades fue eliminado.
- Los impuestos locales de industria,
comercio y predial serán
deducibles del de renta en un ciento por ciento.
- Se eliminaron los ajustes integrales
por inflación,
utilizados por los empresarios.
- La deducción para las inversiones en activos productivos
generadores de capital será del 40 por ciento. Actualmente
está en el 30 por ciento y desde que se aprobó en
la pasada reforma mostró sus bondades.
- En el caso de las rentas laborales
el proyecto no las modificó.
Mantiene las deducciones por gastos en educación, salud
y vivienda.
- También se mantienen los beneficios tributarios para
las cuentas de Fomento a la Construcción (AFC), a los
fondos de pensiones voluntarias.
- Se preservan los beneficios establecidos
para las industrias del cine, del libro, los cultivos de tardío
rendimiento y las zonas francas.
- Este proyecto crea la Unidad de Valor
Tributario (UVT) y de ahora en adelante todos los valores de
los impuestos en Colombia
se expresarán en UVTs. De acuerdo la reforma, la primera
UVT equivale a 20 mil pesos y será ajustada cada año
de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor que
determine el DANE entre octubre de un año y octubre del
siguiente.
- La tarifa del impuesto por renta presuntiva se reduce del
seis al tres por ciento.
- El impuesto a las remesas que envíen colombianos en
el exterior a sus familiares en el país siempre y cuando
no superen las 60 UVT (es decir un millón 200 mil pesos
de hoy), estarán exentos del 4 Por mil.
Los contribuyentes que inviertan en acciones
de empresas exclusivamente agropecuarias que se coticen en
bolsa, podrán descontar
la inversión realizada del impuesto de renta.
Los pagos efectuados por personas naturales
o jurídicas,
sociedades de hecho, comunidades organizadas y sucesiones ilíquidas
originados en relación laboral, tendrán las siguientes
tarifas de retención en la fuente. Pagos de hasta 95 UVT
(1,9 millones de hoy) tarifa cero; hasta 150 UVT (3 millones)
un impuesto del 19 por ciento; hasta 360 UVT ($7,2 millones)
del 28 por ciento; y mas de 360 UVT, el 33 por ciento.