ABC DE LA REFORMA TRIBUTARIA
Bogotá, 14 dic. (SNE).- La nueva ley de reforma tributaria
que entrará a regir en el año 2007 y que fue aprobada
por el Congreso de la República, implica grandes cambios
en el pago de los tributos para todos los colombianos, tanto
para los particulares como para las empresas ya sean nacionales
o extranjeras.
Con el fin de explicar estos cambios la Secretaría de
Prensa de la Presidencia preparó el siguiente ABC.
¿Qué impuestos nuevos creó la reforma?
Sólo uno, el impuesto a los patrimonios mayores de 3
mil millones de pesos.
¿Por cuántos años será?
Durante los años 2007, 2008, 2009 y 2010.
¿Qué tarifa tendrán que pagar las personas
y empresas más ricas del país?
La tarifa será del 1,2 por ciento.
¿Cuánto se espera recaudar y en qué se
invertirán esos recursos?
Se esperan recaudar 8,6 billones de pesos y se destinarán
al fortalecimiento y modernización de la Fuerza Pública.
¿Qué pasó con el impuesto de renta?
Este tributo tendrá una rebaja gradual en su tarifa.
Este año -2006- la tarifa a pagar fue del 38,5 por ciento
(incluyendo una sobretasa), en el año gravable 2007 bajará al
34 por ciento y en el 2008 al 33 por ciento.
¿Qué pasó con la retención
en la fuente que se cobra a los asalariados?
No hubo ningún cambio, es decir que se mantiene igual.
¿Es decir que cada final de año se expedirá la
nueva tabla de retención en la fuente que se aplicará el
año siguiente?
Sí. Lo único nuevo es que ahora vendrá expresada
en UVTs?
¿Y que es la UVT?
Es la Unidad de Valor Tributario. Para el próximo año –el
2007- una UVT será igual a 20 mil pesos.
¿Y cada cuánto se cambiará?
Cada año.
¿Y como se reajustará?
La Dirección Nacional de Impuestos (DIAN) la reajustará cada
año de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor
registrado entre octubre de un año y octubre del año
siguiente, que será revelado por el Departamento Nacional
de Estadísticas (DANE).
¿Qué pasó con los descuentos que tenían
los asalariados para disminuir la retención en la fuente?
Se mantienen. Un asalariado que esté pagando las cuotas
de su vivienda, la educación de sus hijos o planes de
medicina prepagada, podrá disminuir la retención
en la fuente.
¿Qué debe hacer para lograr esa rebaja
de la retefuente?
Para hacerlo debe solicitar a la entidad donde hizo sus pagos,
una certificación que deberá entregar a la empresa
donde labora.
¿Y los otros beneficios para los asalariados
se acabaron?
No, la nueva ley tributaria mantiene los beneficios por las
cuentas de Ahorro y Fomento a la Construcción (AFC) y
por los aportes que se hagan a los fondos voluntarios de pensiones.
¿Pero un ahorrador puede abrir una cuenta AFC o consignar
en un fondo voluntario, ganarse la exención y retirarse
ahí mismo?
No, la ley es clara en que si un ahorrador retira sus recursos
de una cuenta de AFC o fondo voluntario antes de cinco años
contados a partir del día en que los abrió, perderá los
beneficios y se le harán las retenciones durante el tiempo
que tuvo esos ahorros, a no ser de que los destine para compra
de vivienda.
¿Se mantiene la retención en la fuente
por los pagos que se hacen por contratos?
Sí, los pagos efectuados por personas naturales o jurídicas,
sociedades de hecho, comunidades organizadas y sucesiones ilíquidas
originados en relación laboral, tendrán las siguientes
tarifas de retención en la fuente. Pagos de hasta 95 UVT
(1,9 millones de hoy) tarifa cero; hasta 150 UVT (3 millones)
un impuesto del 19 por ciento; hasta 360 UVT ($7,2 millones)
del 28 por ciento; y mas de 360 UVT, el 33 por ciento.
¿Y qué cambios hubo en el IVA?
En el Impuesto al Valor Agregado (IVA) quedaron 9 tarifas diferenciales
del 0 por ciento, 1,6 por ciento, 3, 5, 10, 16, 20, 25 y 35 por
ciento, dependiendo de los tipos de bienes.
¿Todos los productos de la canasta familiar quedaron
gravados?
No, los principales productos la carne, leche, los huevos, el
pan, la papa, el tomate, la lechuga, la yuca, no se les aplicará el
IVA. En total 38 productos de la canasta familiar no tendrán
IVA.
El café tostado, el arroz para uso industrial, la harina
de trigo, los embutidos, jarabes, melaza, cacao y pastas, quedaron
con IVA del 10 por ciento.
¿Se aumentó el IVA a los celulares?
No, se mantiene en el 20 por ciento.
¿En cuanto a los diferentes tipos de servicios, cómo
quedaron las tarifas?
Por ejemplo, los servicios de aseo, vigilancia y empleo temporal
y los suministros de personal de precooperativas y cooperativas
de trabajo asociado, quedaron con IVA del 1,6 por ciento
La medicina prepagada, las pólizas de cirugía
y hospitalización, los servicios de clubes sociales o
deportivos, el almacenamiento de productos agrícolas,
tendrán IVA del 10 por ciento.
¿Cómo quedó el impuesto de timbre
que se paga en los documentos?
Se elevó el monto sobre el que se aplica de 63 a 120
millones de pesos, pero se marchitará gradualmente.
¿Eso que quiere decir?
Que se irá disminuyendo hasta que desaparezca. La tarifa
en el 2007 será del 1,5 por ciento, en el 2008 será del
1 por ciento; en el 2009 del 0,5 por ciento y a partir de 2010
del 0 por ciento.
¿Qué pasó con el impuesto que se
cobra en los cigarrillos y tabacos?
Fue cambiada la fórmula como se aplica. Ahora se gravarán
de acuerdo con el precio de venta al público. La cajetilla
de 20 unidades con precio inferior a los dos mil pesos tendrá un
impuesto de 400 pesos y de 800 cuando el valor supere los dos
mil.
Por el giro de utilidades a sus casas matrices las empresas
están pagando un impuesto del 7 por ciento. ¿Qué decisión
se tomó?
Este tributo fue eliminado.
¿Y qué pasa con los gravámenes
regionales que pagan las empresas?
Ahora podrán deducir en un ciento por ciento los impuestos
locales de industria, comercio, avisos, tableros y predial.
¿Se eliminan los ajustes integrales por inflación?
Si esa es una decisión que aunque técnica. tendrá muchas
repercusiones en las empresas.
En la pasada reforma tributaria se aprobó una deducción
del 30 por ciento para las nuevas inversiones en activos productivos,
que ha tenido buenos resultados. ¿Se eliminó?
No, por el contrario, se aumentó la deducción
al 40 por ciento.
¿Qué pasó con las exenciones tributarias
para sectores específicos aprobadas en la pasada reforma?
Se preservan los beneficios establecidos para las industrias
del cine, del libro, los cultivos de tardío rendimiento,
los biocumbuistibles, la energía eólica, la perforación
petrolera, y las zonas francas, entre otros.
Desde la pasada reforma se eliminó el impuesto que se
cobraba a los giros que envían a sus familiares los colombianos
que residen en el exterior. ¿Esta medida se acabó?
No, esos giros o remesas siguen exentos de impuestos, pero lo
que se hizo fue que las remesas que no superen las 60 UVT (es
decir un millón 200 mil pesos de hoy), estarán
exentas del 4 Por Mil, es decir que se beneficia más a
esas familias.
El presidente Uribe había prometido un tratamiento diferencial
para las inversiones en empresas agropecuarias. ¿Qué pasó?
El Congreso así lo aprobó. Los contribuyentes
que inviertan en acciones de empresas exclusivamente agropecuarias
que se coticen en bolsa, podrán descontar la inversión
realizada del impuesto de renta.