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14 de Diciembre

ABC DE LA REFORMA TRIBUTARIA

Bogotá, 14 dic. (SNE).- La nueva ley de reforma tributaria que entrará a regir en el año 2007 y que fue aprobada por el Congreso de la República, implica grandes cambios en el pago de los tributos para todos los colombianos, tanto para los particulares como para las empresas ya sean nacionales o extranjeras.

Con el fin de explicar estos cambios la Secretaría de Prensa de la Presidencia preparó el siguiente ABC.

¿Qué impuestos nuevos creó la reforma?

Sólo uno, el impuesto a los patrimonios mayores de 3 mil millones de pesos.

¿Por cuántos años será?

Durante los años 2007, 2008, 2009 y 2010.

¿Qué tarifa tendrán que pagar las personas y empresas más ricas del país?

La tarifa será del 1,2 por ciento.

¿Cuánto se espera recaudar y en qué se invertirán esos recursos?

Se esperan recaudar 8,6 billones de pesos y se destinarán al fortalecimiento y modernización de la Fuerza Pública.

¿Qué pasó con el impuesto de renta?

Este tributo tendrá una rebaja gradual en su tarifa. Este año -2006- la tarifa a pagar fue del 38,5 por ciento (incluyendo una sobretasa), en el año gravable 2007 bajará al 34 por ciento y en el 2008 al 33 por ciento.

¿Qué pasó con la retención en la fuente que se cobra a los asalariados?

No hubo ningún cambio, es decir que se mantiene igual.

¿Es decir que cada final de año se expedirá la nueva tabla de retención en la fuente que se aplicará el año siguiente?

Sí. Lo único nuevo es que ahora vendrá expresada en UVTs?

¿Y que es la UVT?

Es la Unidad de Valor Tributario. Para el próximo año –el 2007- una UVT será igual a 20 mil pesos.

¿Y cada cuánto se cambiará?

Cada año.

¿Y como se reajustará?

La Dirección Nacional de Impuestos (DIAN) la reajustará cada año de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor registrado entre octubre de un año y octubre del año siguiente, que será revelado por el Departamento Nacional de Estadísticas (DANE).

¿Qué pasó con los descuentos que tenían los asalariados para disminuir la retención en la fuente?

Se mantienen. Un asalariado que esté pagando las cuotas de su vivienda, la educación de sus hijos o planes de medicina prepagada, podrá disminuir la retención en la fuente.

¿Qué debe hacer para lograr esa rebaja de la retefuente?

Para hacerlo debe solicitar a la entidad donde hizo sus pagos, una certificación que deberá entregar a la empresa donde labora.

¿Y los otros beneficios para los asalariados se acabaron?

No, la nueva ley tributaria mantiene los beneficios por las cuentas de Ahorro y Fomento a la Construcción (AFC) y por los aportes que se hagan a los fondos voluntarios de pensiones.

¿Pero un ahorrador puede abrir una cuenta AFC o consignar en un fondo voluntario, ganarse la exención y retirarse ahí mismo?

No, la ley es clara en que si un ahorrador retira sus recursos de una cuenta de AFC o fondo voluntario antes de cinco años contados a partir del día en que los abrió, perderá los beneficios y se le harán las retenciones durante el tiempo que tuvo esos ahorros, a no ser de que los destine para compra de vivienda.

¿Se mantiene la retención en la fuente por los pagos que se hacen por contratos?

Sí, los pagos efectuados por personas naturales o jurídicas, sociedades de hecho, comunidades organizadas y sucesiones ilíquidas originados en relación laboral, tendrán las siguientes tarifas de retención en la fuente. Pagos de hasta 95 UVT (1,9 millones de hoy) tarifa cero; hasta 150 UVT (3 millones) un impuesto del 19 por ciento; hasta 360 UVT ($7,2 millones) del 28 por ciento; y mas de 360 UVT, el 33 por ciento.

¿Y qué cambios hubo en el IVA?

En el Impuesto al Valor Agregado (IVA) quedaron 9 tarifas diferenciales del 0 por ciento, 1,6 por ciento, 3, 5, 10, 16, 20, 25 y 35 por ciento, dependiendo de los tipos de bienes.

¿Todos los productos de la canasta familiar quedaron gravados?

No, los principales productos la carne, leche, los huevos, el pan, la papa, el tomate, la lechuga, la yuca, no se les aplicará el IVA. En total 38 productos de la canasta familiar no tendrán IVA.

El café tostado, el arroz para uso industrial, la harina de trigo, los embutidos, jarabes, melaza, cacao y pastas, quedaron con IVA del 10 por ciento.

¿Se aumentó el IVA a los celulares?

No, se mantiene en el 20 por ciento.

¿En cuanto a los diferentes tipos de servicios, cómo quedaron las tarifas?

Por ejemplo, los servicios de aseo, vigilancia y empleo temporal y los suministros de personal de precooperativas y cooperativas de trabajo asociado, quedaron con IVA del 1,6 por ciento

La medicina prepagada, las pólizas de cirugía y hospitalización, los servicios de clubes sociales o deportivos, el almacenamiento de productos agrícolas, tendrán IVA del 10 por ciento.

¿Cómo quedó el impuesto de timbre que se paga en los documentos?

Se elevó el monto sobre el que se aplica de 63 a 120 millones de pesos, pero se marchitará gradualmente.

¿Eso que quiere decir?

Que se irá disminuyendo hasta que desaparezca. La tarifa en el 2007 será del 1,5 por ciento, en el 2008 será del 1 por ciento; en el 2009 del 0,5 por ciento y a partir de 2010 del 0 por ciento.

¿Qué pasó con el impuesto que se cobra en los cigarrillos y tabacos?

Fue cambiada la fórmula como se aplica. Ahora se gravarán de acuerdo con el precio de venta al público. La cajetilla de 20 unidades con precio inferior a los dos mil pesos tendrá un impuesto de 400 pesos y de 800 cuando el valor supere los dos mil.

Por el giro de utilidades a sus casas matrices las empresas están pagando un impuesto del 7 por ciento. ¿Qué decisión se tomó?

Este tributo fue eliminado.

¿Y qué pasa con los gravámenes regionales que pagan las empresas?

Ahora podrán deducir en un ciento por ciento los impuestos locales de industria, comercio, avisos, tableros y predial.

¿Se eliminan los ajustes integrales por inflación?

Si esa es una decisión que aunque técnica. tendrá muchas repercusiones en las empresas.

En la pasada reforma tributaria se aprobó una deducción del 30 por ciento para las nuevas inversiones en activos productivos, que ha tenido buenos resultados. ¿Se eliminó?

No, por el contrario, se aumentó la deducción al 40 por ciento.

¿Qué pasó con las exenciones tributarias para sectores específicos aprobadas en la pasada reforma?

Se preservan los beneficios establecidos para las industrias del cine, del libro, los cultivos de tardío rendimiento, los biocumbuistibles, la energía eólica, la perforación petrolera, y las zonas francas, entre otros.

Desde la pasada reforma se eliminó el impuesto que se cobraba a los giros que envían a sus familiares los colombianos que residen en el exterior. ¿Esta medida se acabó?

No, esos giros o remesas siguen exentos de impuestos, pero lo que se hizo fue que las remesas que no superen las 60 UVT (es decir un millón 200 mil pesos de hoy), estarán exentas del 4 Por Mil, es decir que se beneficia más a esas familias.

El presidente Uribe había prometido un tratamiento diferencial para las inversiones en empresas agropecuarias. ¿Qué pasó?

El Congreso así lo aprobó. Los contribuyentes que inviertan en acciones de empresas exclusivamente agropecuarias que se coticen en bolsa, podrán descontar la inversión realizada del impuesto de renta.

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