Determinado por la Ley 1103 de 2006
EL 16 DE JULIO, DÍA NACIONAL DEL
CONDUCTOR
Bogotá, 15 dic. (SNE).- El 16 de julio fue declarado como
el Día Nacional del Conductor por medio de la Ley 1103 del
13 de diciembre de 2006.
De acuerdo con el texto aprobado por el
Congreso de la República
y sancionado por el presidente Álvaro Uribe Vélez,
en esta fecha de cada año se resaltará la importante
labor que prestan a la ciudadanía y al desarrollo del país,
los conductores de servicio público y privado.
Uno de los puntos que se promoverá con esta Ley es el de
impulsar la capacitación y actualización en materia
de seguridad vial y respeto al peatón.
El artículo tercero señala que “para los efectos
de la presente ley, se entiende por conductor a la persona habilitada
y capacitada técnicamente con la licencia de conducción
para operar un vehículo homologado para la prestación
de un servicio público o para uso privado”.
Con esta Ley el Gobierno se compromete –a
través
del Ministerio de Transporte y de sus entidades adscritas o vinculadas-
a coordinar la implementación permanente de programas y
campañas de educación y capacitación en relación
con las normas de tránsito y transporte, seguridad vial
y saneamiento ambiental, dirigidas a los conductores de servicio
público y privado del país.