Faculta al Gobierno para adelantar y continuar
negociaciones con grupos ilegales
PRESIDENTE URIBE SANCIONÓ PRÓRROGA
DE 4 AÑOS DE LEY DE ORDEN PÚBLICO
Bogotá, 26 dic (SNE). - El presidente de la República, Álvaro
Uribe Vélez, sancionó la Ley 1106 de 2006, mediante
la cual se extiende la vigencia de la llamada Ley de Orden Público ó Ley
782 por cuatro años más.
A través de esta Ley se faculta al Gobierno Nacional
para que negocie y continué procesos de paz con grupos
armados ilegales, con las desmovilizaciones y reincorporación
de los miembros de dichos grupos a la vida civil.
Con la prórroga de la Ley de orden público también
continúa en vigencia el mecanismo de indulto, la creación
de zonas de encuentro, el apoyo para testigos y beneficios económicos
para los desmovilizados.
De acuerdo con el texto de la prórroga de esta Ley, los
gobernadores y alcaldes del país deberán atender
de manera urgente las recomendaciones y alertas tempranas emanadas
del Gobierno Nacional, tendientes a prevenir, atender o conjurar
situaciones de riesgo que alteren el orden público, y
las posibles violaciones de los derechos humanos o el Derecho
Internacional Humanitario.
Entre los nuevos puntos que fueron incluidos en esta Ley se
encuentra la disposición según la cual “todos
los equipos de comunicaciones que utilizan el espectro electromagnético
son de uso personal e intransferible, excepto los equipos receptores
de radiodifusión sonora y televisión. Unicamente
los propietarios de equipos móviles podrán transferir
su uso transitorio y deberán informar sobre el mismo a
las autoridades que así lo requieran”.
De la misma forma, los concesionarios que presten los servicios
de comunicaciones que cuenten con la autorización del
Ministerio de Comunicaciones, tendrán la obligación
de suministrar a la Dirección de Policía Judicial,
Dijin, los datos de suscriptores y equipos cuando así lo
requieran.
Con la prórroga de esta ley también se fortalece
el programa de protección de testigos, a través
del cual se otorga protección integral y asistencia social
a los familiares hasta de cuarto grado de consanguinidad, segundo
de afinidad y al cónyuge, compañera o compañero
permanente de los testigos que se encuentren en riesgo de sufrir
agresión o que sus vidas corran peligro por su participación
en un proceso penal.
Este programa está a cargo del Estado bajo la coordinación
de la Fiscalía General de la Nación y que también
se encargará de los testigos de casos relacionados con
violación de derechos humanos.
Otro de los puntos importantes en la prórroga de esta
Ley, es que las concesiones de construcción, mantenimiento
y operaciones de vías de de comunicación, terrestre
o fluvial, puertos aéreos, marítimos o fluviales
pagarán con destino a los fondos de seguridad y convivencia
una contribución del 2,5 por mil del valor total del recaudo
bruto que genere. Esto se hará efectivo en las concesiones
que se suscriban a partir de la vigencia de la ley.
Estos fondos de vigilancia y seguridad permiten la compra de
elementos útiles para la seguridad urbana, tales como
cámaras de vigilancia y elementos para elevar los índices
de seguridad.
La ley autoriza también a los gobernadores y alcaldes
de todo el país celebrar convenios con el Gobierno Nacional
para dar en comodato inmuebles en donde se puedan construir sedes
de las estaciones de Policía.