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26 de Diciembre

Faculta al Gobierno para adelantar y continuar negociaciones con grupos ilegales

PRESIDENTE URIBE SANCIONÓ PRÓRROGA DE 4 AÑOS DE LEY DE ORDEN PÚBLICO

Bogotá, 26 dic (SNE). - El presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, sancionó la Ley 1106 de 2006, mediante la cual se extiende la vigencia de la llamada Ley de Orden Público ó Ley 782 por cuatro años más.

A través de esta Ley se faculta al Gobierno Nacional para que negocie y continué procesos de paz con grupos armados ilegales, con las desmovilizaciones y reincorporación de los miembros de dichos grupos a la vida civil.

Con la prórroga de la Ley de orden público también continúa en vigencia el mecanismo de indulto, la creación de zonas de encuentro, el apoyo para testigos y beneficios económicos para los desmovilizados.

De acuerdo con el texto de la prórroga de esta Ley, los gobernadores y alcaldes del país deberán atender de manera urgente las recomendaciones y alertas tempranas emanadas del Gobierno Nacional, tendientes a prevenir, atender o conjurar situaciones de riesgo que alteren el orden público, y las posibles violaciones de los derechos humanos o el Derecho Internacional Humanitario.

Entre los nuevos puntos que fueron incluidos en esta Ley se encuentra la disposición según la cual “todos los equipos de comunicaciones que utilizan el espectro electromagnético son de uso personal e intransferible, excepto los equipos receptores de radiodifusión sonora y televisión. Unicamente los propietarios de equipos móviles podrán transferir su uso transitorio y deberán informar sobre el mismo a las autoridades que así lo requieran”.

De la misma forma, los concesionarios que presten los servicios de comunicaciones que cuenten con la autorización del Ministerio de Comunicaciones, tendrán la obligación de suministrar a la Dirección de Policía Judicial, Dijin, los datos de suscriptores y equipos cuando así lo requieran.

Con la prórroga de esta ley también se fortalece el programa de protección de testigos, a través del cual se otorga protección integral y asistencia social a los familiares hasta de cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y al cónyuge, compañera o compañero permanente de los testigos que se encuentren en riesgo de sufrir agresión o que sus vidas corran peligro por su participación en un proceso penal.

Este programa está a cargo del Estado bajo la coordinación de la Fiscalía General de la Nación y que también se encargará de los testigos de casos relacionados con violación de derechos humanos.

Otro de los puntos importantes en la prórroga de esta Ley, es que las concesiones de construcción, mantenimiento y operaciones de vías de de comunicación, terrestre o fluvial, puertos aéreos, marítimos o fluviales pagarán con destino a los fondos de seguridad y convivencia una contribución del 2,5 por mil del valor total del recaudo bruto que genere. Esto se hará efectivo en las concesiones que se suscriban a partir de la vigencia de la ley.

Estos fondos de vigilancia y seguridad permiten la compra de elementos útiles para la seguridad urbana, tales como cámaras de vigilancia y elementos para elevar los índices de seguridad.

La ley autoriza también a los gobernadores y alcaldes de todo el país celebrar convenios con el Gobierno Nacional para dar en comodato inmuebles en donde se puedan construir sedes de las estaciones de Policía.

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