ASÍ QUEDÓ EL CALENDARIO TRIBUTARIO
DEL 2007
Bogotá, 29 dic. (SNE).- El Gobierno
Nacional definió el calendario en el que los contribuyentes
tienen que presentar sus declaraciones de impuestos durante
el año 2007, de acuerdo con los dos últimos dígitos
de su Número de Identificación Tributaria (NIT).
El Calendario Tributario 2007 incluye las fechas de presentación
de las declaraciones de renta, IVA, Patrimonio y Retención
en la Fuente.
RENTA
El plazo para presentar la declaración de renta se inicia
el 2 de febrero de 2007 y vence entre el 9 y el 30 de mayo del
mismo año, atendiendo los dos últimos dígitos
del NIT del declarante.
El impuesto se podrá pagar en cinco cuotas, la primera
de ellas el 6 de febrero y debe ser por el 20 por ciento del
total del gravamen.
El plazo para declarar y pagar la segunda cuota va desde el
9 hasta el 30 de mayo, dependiendo de los dos últimos
dígitos del NIT.
El pago de la tercera cuota es el 5 de junio, el de la cuarta
el 1° de agosto y el de la quinta el 8b de octubre.
PERSONAS NATURALES
En el caso de las personas naturales se tiene que presentar
la declaración de renta de acuerdo con los dos últimos
dígitos del NIT, que consten en el Registro Único
Tributario (RUT), a partir del 2 de febrero de 2007.
Si los dos últimos dígitos van del 01 al 05, el
plazo vence el 2 de agosto; si los dos últimos dígitos
van del 06 al 10, el plazo vence el 3 de agosto y así sucesivamente
hasta cuando los dos últimos dígitos estén
entre 96 y 00 que vencerá el 31 de agosto.
IVA
La declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sigue
siendo bimestral y las presentaciones arrancan el 8 de marzo
para los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos
del NIT vayan desde 01 hasta 06.
En el caso de los contribuyentes cuyos dos últimos números
van de 07 hasta 12 se debe presentar el 9 de marzo; si es de
13 hasta 18, el 12 de marzo; si es de 19 hasta 24, el 13 de marzo;
y así hasta llegar a los dos dígitos que van desde
94 hasta 00, el 29 de marzo.
IMPUESTO AL PATRIMONIO
La tarifa del impuesto al patrimonio es del 1.2 por ciento y
lo deben pagar los contribuyentes cuyo patrimonio sea superior
a los 3 mil millones de pesos.
Este impuesto se pagará hasta el año gravable
2010.
La presentación de la declaración y pago de la
primera cuota es el 25 de mayo de 2007. El pago de la segunda
es el 21 de septiembre del mismo año.
RETENCIÓN EN LA FUENTE
Esta declaración la deben presentar los empresarios de
acuerdo con el dinero que les retienen a sus trabajadores.
Se debe presentar mensualmente y las fechas de vencimiento dependen
de los dos últimos dígitos del NIT de la empresa