Para
garantizar protección de quienes requieran trasplantes,
implantes o injertos
FIJAN CONTROLES PARA BANCOS DE TEJIDOS
Y MÉDULA ÓSEA
Bogotá, 8 feb. (SNE).- El Ministerio de la Protección
Social estableció controles para las actividades que cumplen
los bancos de tejidos y médula osea, con el fin de disminuir
los riesgos y garantizar la protección de la salud a las
personas que requieran trasplantes, implantes o injertos.
A través del “Manual de buenas prácticas de
tejidos y de médula ósea”, el Ministerio estableció los
conceptos de calidad y seguridad que deben cumplir los procesos
que realicen los bancos de tejidos y médula ósea.
Según el documento, adoptado mediante resolución
5108, los requisitos y disposiciones establecidos en dicho manual
deben ser cumplidos obligatoriamente por todos los establecimientos
públicos, privados o mixtos, que se dediquen a la obtención,
extracción, procesamiento, preservación y almacenamiento
de tejidos y médula ósea, con el propósito
de conservarlos y distribuirlos.
Contempla estándares de seguridad y de calidad para todo
el proceso de manejo de tejidos y de médula ósea
de origen humano, que puedan ser utilizados en trasplantes, implantes
o injertos, tales como tejido osteomuscular, piel y sus componentes,
tejidos del globo ocular, tejidos cardiovasculares, membranas fetales
y células madre provenientes de médula ósea.
La resolución establece aspectos relacionados con la gestión
de calidad, como personal, infraestructura, equipos, materiales,
procedimientos, transporte y disposición de residuos.
También los recursos necesarios para garantizar el adecuado
aseo, vestuario e higiene del personal, así como la de las
instalaciones del banco, y la responsabilidad de los niveles directivos
para asegurar el correcto funcionamiento de la institución.
Contiene normas relacionadas con procedimiento
para la evaluación,
selección y exclusión de donantes, reglas generales
para la extracción, preservación, procesamiento y
almacenamiento de tejidos, y recomendaciones en materia de bioseguridad
y salud ocupacional.
De igual manera, fija el procedimiento
para el trámite
del certificado de cumplimiento de las buenas prácticas
ante el Invima, y precisa las funciones de inspección, vigilancia
y control por parte de las autoridades sanitarias correspondientes,
como las Direcciones Territoriales de Salud y el mismo Invima. |