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10 de febrero

ASÍ QUEDÓ COMISIÓN PARA PROMOVER ORALIDAD EN RÉGIMEN DE FAMILIA, CIVIL Y AGRARIO

Bogotá, 10 feb. (SNE).- El Gobierno Nacional expidió el decreto 368 de 2006 por medio del cual se establece la integración de la Comisión Intersectorial para la Promoción de la Oralidad en el Régimen de Familia, Civil y Agrario.

Esta Comisión fue creada por el Gobierno Nacional con el propósito de coordinar, orientar y recomendar las normas, medidas y herramientas necesarias para poner en práctica la oralidad en dicho régimen.

La comisión tendrá bajo su responsabilidad la tarea analizar las iniciativas académicas de adopción de la oralidad, específicamente las propuestas para la unificación procesal. Además, realizará consultas con entidades estatales, universidades, asociaciones de abogados y las personas que se consideren pertinentes.

También tendrá que crear formulas para la consecución de recursos con el propósito de lograr la implementación de las políticas adoptadas para la promoción de la oralidad en materia de Familia, Civil y Agraria. Y realizar las gestiones necesarias con organismos de cooperación internacional para obtener apoyo económico y logístico en el desarrollo del objeto de la comisión.

Dicha comisión quedó conformada de la siguiente manera:

- El Ministro del Interior y de Justicia o su delegado, quien la presidirá

- El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado

Serán invitados permanentes:

- Dos magistrados de la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia

- Un Magistrado de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura

- Un Magistrado de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá

- Un Juez Civil del Circuito de la ciudad de Bogotá

- Un miembro del Instituto Colombiano de Derecho Procesal

- Un Decano de las facultades de Derecho

- Un representante del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá

- Un abogado en ejercicio, vinculado a las áreas del Derecho de Familia, Civil y Agrario.

El decreto aclara que los Magistrados y el Juez, así como los miembros invitados permanentes, que acudirán en representación del Instituto Colombiano del Derecho Procesal, de los decanos de las facultades de derecho, del centro de conciliación y arbitraje de la cámara de comercio de Bogotá y de los abogados en ejercicio vinculados las áreas del derecho de Familia, Civil y Agrario, serán designados por la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia.

La comisión tendrá la facultad de invitar al Director Ejecutivo de la Administración Judicial, cuando así lo estime necesario, y de igual manera podrá invitar a otras personas o entidades con el fin de cumplir los objetivos de la misma.

 
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