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17 de febrero

En vigencia desde la próxima semana

NUEVO MARCO REGULATORIO PARA CONSORCIOS COMERCIALES

  • No podrán manejar recursos directamente.
  • Deben tener más capital para funcionar.
  • Planes deben durar máximo 60 meses.
  • Reducen de 180 a 120 el número de personas permitidas en los grupos.

Bogotá, 17 feb. (SNE).- Un nuevo marco regulatorio en materia de capital, manejo de los recursos que reciben, grupos de afiliados para la compra de bienes y servicios y número máximo de personas permitido, entre otros, comenzará a regir desde la próxima semana para los antiguos consorcios comerciales.

De acuerdo con la resolución 528 de la Superintendencia de Sociedades, las nuevas normas de regulación y control se aplicarán a los consorcios comerciales, es decir las empresas que se dedican a buscar afiliados, comprar un bien –especialmente automóviles-, recibir cuotas mensuales y cada semana rifarlo entre los mismos afiliados.

Los consorcios pasarán a llamarse Sistema de Autofinanciamiento Comercial y seguirán siendo vigilados por la Superintendencia de Sociedades. Actualmente hay 6 consorcios comerciales.

Éstas son sociedades dedicadas a la administración de planes provenientes del aporte periódico de sumas de dinero destinadas a la formación de fondos que conforman un grupo de personas, con el fin de autofinanciar la adquisición de un bien o servicio, mediante un fondo común.

La resolución 528 fue expedida el 22 de febrero de 2005 y dio 12 meses de plazo a los consorcios comerciales existentes para que adecuaran el capital, las actividades y los contratos a las disposiciones establecidas. Por eso comienza a regir en firme desde el 25 de febrero de acuerdo con un comunicado de prensa de la Supersociedades.

LOS CAMBIOS

La resolución señala que el capital autorizado para las sociedades de autofinanciamiento sube de 100 a 2.448 millones de pesos, el capital suscrito de 50 a 1.224 millones y los pasivos o deudas no podrán superar 25 veces el valor del patrimonio.

Las cuotas mensuales que reciben ya no serán manejadas por ellas sino por sociedades fiduciarias contratadas especialmente y autorizadas por la Superintendencia Financiera.

Antes, la duración de los planes de financiamiento oscilaban entre 24 y 72 meses, ahora el máximo será de 60 meses. Y el número máximo de afiliados permitido por grupo era de 180 y ahora será de 120.

Sólo podrán iniciar planes que tengan por objeto bienes y servicios cuyo valor no sea inferior a 10 salarios mínimos, más de 4 millones de pesos.

Antes, un contrato con el afiliado se entendía suspendido por una mora de dos meses por parte del afiliado y ahora será a partir de 3 cuotas en mora, cada consorcio debe llevar contabilidad separada por cada grupo, antes era una sola.

No se permitirá a las nuevas sociedades de autofinanciamiento ofrecer planes de préstamos ni de adquisición de vivienda.

Si por cualquier razón el número de afiliados se reduce a menos del 50 por ciento, se podrá fusionar a otro de características similares y si no se puede, el dinero tiene que ser reintegrado al suscriptor.

Los contratos firmados por los afiliados se llaman contratos de adhesión, deben estar en español, en letra tipo arial, mínimo de 10 puntos para que sea legible, y hasta 5 días después de firmado el suscriptor puede desistir.

Habrá una cuota de inscripción que se gastará en comisiones, el contrato, estudios de aceptación, propaganda y una vez gastada, no será reembolsada.

El superintendente de Sociedades, Rodolfo Dannies Lacouture, señaló que hace 18 años no se actualizaba el sistema de autofinanciamiento comercial y que el objetivo del Gobierno es el de incentivar a nuevos y a mayores inversionistas a que comiencen a ofrecer no solo vehículos sino maquinaria industrial, electrodomésticos, matrículas universitarias, especializaciones en universidades nacionales o extranjeras.

“La nueva norma protege los aportes o recursos de los suscriptores, porque exige que las sociedades administradoras de planes de autofinanciamiento comercial, estén en manos de inversionistas con respaldo económico y que los aportes de los suscriptores estén en manos de una fiduciaria”, precisó.

 
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