Fija
porcentajes que no se constituyen en renta o ganancia ocasional
MINHACIENDA EXPIDE NORMAS PARA DECLARACIONES DE RENTA DE 2005
Y 2006
Bogotá, 22 feb. (SNE).- El Ministerio de Hacienda fijó los
porcentajes de componente inflacionario que no constituyen renta
ni ganancia ocasional, costo ni gasto, y que se deben tener en
cuenta en las declaraciones de renta del año gravable 2005
y que se presentan en 2006.
Por medio del decreto 530 del 21 de febrero, el Ministerio señala
que por el año gravable 2005 no constituyen renta ni ganancia
ocasional el 67,45 por ciento de los rendimientos financieros percibidos
por personas naturales y sucesiones ilíquidas, no obligadas
a efectuar ajustes integrales por inflación.
Por el año 2005 no constituyen renta ni ganancia ocasional
el 67,45 por ciento de los rendimientos que distribuyan los fondos
de inversión, los fondos mutuos de inversión, los
fondos de valores, a los no obligados a efectuar ajustes integrales.
También señala que para el 2005 no constituye renta
ni ganancia ocasional el 67,45 por ciento de los rendimientos financieros
percibidos por los contribuyentes no obligados a efectuar ajustes
integrales por inflación, distintos a las personas naturales.
Para los contribuyentes del impuesto de renta no obligados a aplicar
ajustes integrales por inflación, no constituye costo ni
deducción el 22,42 por ciento de los intereses y demás
costos y gastos financieros en que haya incurrido en 2005.
Cuando se trate de ajustes por diferencia en cambio, costos y
gastos por deudas en moneda extranjera, no constituyen costo ni
gasto, el 100 por ciento de los mismos.
El decreto señala que para el año 2006 se presume
que todo préstamo en dinero que le haga un socio a su empresa
o la empresa al accionista, mínimo genera un rendimiento
del 6,31 por ciento. |