LOGROS
DEL TLC PARA COLOMBIA
Bogotá, 27 feb. (SNE).- El Ministerio de Comercio, Industria
y Turismo elaboró el siguiente documento sobre los logros
y los beneficios que tendrá Colombia con el cierre de las
negociaciones del Tratado de Libre Comercio (TLC), con los Estados
Unidos:
“Logros
El 99.99% del comercio de bienes industriales que produce Colombia
y exporta a los Estados Unidos, tendrá acceso inmediato
con cero arancel al mercado de ese país, una vez entre en
vigencia el Tratado de Libre Comercio (TLC) que actualmente es
objeto de negociación.
Estados Unidos garantizó acceso inmediato a más
de 7.000 posiciones arancelarias de productos colombianos, lo que
representa un 99.99% del mencionado comercio. El restante 0.01%
corresponde a 17 subpartidas de calzado de caucho y 3 de atún
enlatado, que quedaron ubicados en la canasta de desgravación
C, es decir, a un período de 10 años.
Estados Unidos tendrá acceso inmediato con cero arancel
para el 81.8% del comercio de bienes industriales que exporta a
Colombia
En dos sectores específicos: petroquímica y papel,
se definieron unos esquemas especiales de desgravación.
En el caso del sector petroquímico se definió una
desgravación a siete años. La medida cobija a productos
como polietileno, poliestireno y PVC. En papel, la desgravación
se hará en cinco años de la siguiente forma: 10%
en el primer año; 20% en el segundo; 50% en el tercero;
70% en el cuarto y 100% en el quinto año.
Colombia preserva su discrecionalidad para continuar con la aplicación
de instrumentos de promoción de las exportaciones como el
llamado Plan Vallejo para insumos y materias primas.
En bienes Industriales, se acordó una definición
para los remanufacturados basada en el concepto de desensamblaje
con un control de protección al consumidor, con otorgamiento
de garantías, fortalecimiento aduanero y control ambiental.
Para los bienes usados se mantienen las licencias previas dentro
un paquete establecido para este Tratado.
Se definieron los requisitos específicos de origen para
cerca del 98% del universo arancelario del sector textil-confecciones.
Se acordó un 0x0 para el ámbito textil confecciones,
cuyo comercio será entonces libre de gravámenes a
la entrada en vigor del acuerdo.
Hay acuerdo para incluir como parte de las funciones de la Comisión
Administradora del Tratado, la de monitorear el impacto del acuerdo
sobre la PYME.
Dentro del capítulo de Compras se logró reservar
un monto de la contratación pública para nuestras
PYME. (US $ 125.000 vs. US $ 100.000 de EEUU).
Se acordó la Creación de un Grupo de Trabajo (GT)
sobre Servicios Profesionales que trabajará para facilitar
el intercambio de servicios profesionales, vía el reconocimiento
de títulos.
Se acordó una formula jurídica que deja explicita
la compatibilidad de este acuerdo comercial con nuestros compromisos
en el marco de la CAN.
Se acordó la Creación del Comité para el
Fortalecimiento de la Capacidad Comercial.
Se han aprobado 72 proyectos de cooperación en diferentes áreas
temáticas, orientados a fortalecer la capacidad institucional
pública y privada para implementar el TLC y fortalecer la
competitividad del sector productivo para que pueda aprovechar
las oportunidades que brinda el libre.
Se cerraron los temas relativos a marcas, indicaciones geográficas,
observancia y derechos de autor.
Derechos de autor: Por primera vez en un TLC de EEUU se registró una
disposición expresa sobre sociedades de gestión colectiva
(Sayco y Acinpro en Colombia), se reconoce la importancia del papel
que desempeñan en la recolección y repartición
de regalías a favor de los titulares de derecho (artistas).
Derechos morales: se acordó mantener el paquete de derechos
morales existentes en nuestra legislación. (paternidad e
integridad).
Hay reconocimiento a la importancia de la biodiversidad, conservación
y uso sostenible.
Se cerró el acuerdo de cooperación ambiental.
Hay reconocimiento a la soberanía de los recursos naturales.
Hay reconocimiento a la importancia de la cooperación para
su protección y la importancia y el papel de los conocimientos
tradicionales y la biodiversidad en el desarrollo futuro de los
países.
Facultad de otorgar apoyos del gobierno para promoción
de industrias culturales.
Cuotas: cine nacional en salas de exhibición de hasta 12%,
cine nacional en TV abierta de hasta 10%, producción nacional
propia en TV comunitaria de hasta 56 horas semanales y publicidad
nacional de hasta 20% en medios diferentes de diarios.
Se mantienen cuotas de programación de producción
nacional entre semana. Reducción de cuota de programación
nacional de 50% a 30% en fines de semana a partir de 2009. Posibilidad
de imponer requisitos de programación nacional en no más
de dos canales o el 25% del total de canales disponibles cuando
tengamos televisión multicanal.
Se mantiene requisito de presencia local y tipo de sociedad además
del porcentaje máximo de inversión extranjera del
40% en televisión abierta (sujeto a reciprocidad).
El acuerdo en Agencia Comercial fue hacer un compromiso recíproco
de cambios en la figura, solamente para contratos de agencia en
bienes y software. Se excluye el sector servicios. Se preservar
los derechos adquiridos sobre la cesantía comercial y la
exclusividad.
Hay reconocimiento expreso a la soberanía legislativa de
la partes en materia laboral. Un mayor ámbito de protección
de los derechos laborales fundamentales y un mecanismo de solución
de controversias basado en la colaboración mutua.
En Obstáculos Técnicos al Comercio se acordó como
objetivo del capitulo lograr acceso real de nuestros productos.
Busca evitar que nos sean impuestos obstáculos técnicos
por la vía encubierta de normas técnicas.
En Servicios Financieros: se acordó un anexo que preserva
la facultad de las autoridades colombianas de diseñar y
regular el sistema de seguridad social. Se permitirá el
establecimiento en Colombia de bancos y compañías
de seguros de EEUU a través de sucursales con capital incorporado
en el país de forma que se preserva la equidad competitiva
con las instituciones financieras establecidas en Colombia.
En procedimientos aduaneros se acordó un procedimiento
preferencial mutuo para disminuir los costos y tiempos de la exportación.
Despacho de mercancías, dentro de las 48 horas siguientes
a la llegada de las mercancías y sin traslado temporal a
depósitos, se permite el retiro de la mismas antes de la
determinación final de los tributos aduaneros, previa constitución
de una garantía.
En envíos expresos, se adopta un procedimiento aduanero
separado y expedito para los envíos de entrega rápida;
eliminación de los límites de peso y valor; y exoneración
de tributos aduaneros para envíos menores a US$200.
Se acordó un capitulo de que respeta todas las restricciones
impuestas por nuestra Constitución Nacional en la materia
y que contiene disposiciones de estabilidad jurídica que
nos implica disciplina institucional recíproca, muy favorable
para los inversionistas colombianos en Estados Unidos y para atraer
inversión hacia Colombia”.
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