Bogotá, 8 jun. (SNE).- Ante el Instituto Colombiano Agropecuario
(ICA) deberán registrarse los productores de camarón
y peces de exportación para consumo humano.
Según lo dispuesto en la resolución ICA 1414,
la decisión fue adoptada con el propósito de hacer
cumplir los requisitos sanitarios impuestos en mercados especializados
como la Unión Europea a los productos acuícolas
nacionales.
El año pasado Colombia exportó a ese mercado sólo
en camarón, 68 millones dólares representados en
más de 19 mil toneladas, informó el ICA.
La medida ayudará también en la prevención,
vigilancia y control de riesgos químicos y biológicos
en su fase de producción primaria y servirá como
respaldo de calidad de los productos acuícolas colombianos
en el mercado internacional.
Durante dos años, el Instituto realizó evaluaciones
y encuestas sanitarias sobre los procesos de producción
de peces y camarones y el cumplimiento de los actuales requisitos.
¿CÓMO INSCRIBIRSE?
Para tener el registro ICA las personas naturales o jurídicas
dedicadas a la explotación acuícola para la exportación,
deben hacer la solicitud al Instituto acompañada de la
siguiente información:
Nombre y apellidos del propietario o representante legal, cédula
de ciudadanía o NIT, dirección y teléfono;
nombres, apellidos y matrícula del profesional responsable
del manejo sanitario de la explotación; nombre de la finca
o predio; ubicación geográfica (departamento, municipio,
vereda); especies cultivadas; fases de producción que
se desarrollan en la explotación y copia vigente del acto
administrativo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder)
que otorga el permiso para el ejercicio de la actividad acuícola.
Simultáneamente el establecimiento que solicita el registro
debe contar con la asistencia técnica de un profesional
universitario con formación académica relacionada
con el manejo técnico y sanitario de las explotaciones
acuícolas.
Adicionalmente debe disponer de los resultados de diagnóstico
efectuados a las especies cultivadas, derivados de los problemas
sanitarios que se presenten, llevar registros del uso de medicamentos
veterinarios, alimentos para animales y de los insumos agropecuarios
empleados en la explotación, al igual que de los parámetros
productivos.
Además, los productores deben demostrar que utilizan exclusivamente
medicamentos veterinarios, biológicos y otros insumos
agropecuarios registrados ante el ICA, participar en el Plan
Nacional de Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios
en las Especies Acuícolas, disponer de un programa documentado
de manejo de desechos sólidos y líquidos y cumplir
con los requerimientos de tratamiento de aguas residuales exigidos
por la autoridad ambiental competente.
El registro del ICA busca también que los productores
acuícolas, que aún no lo tengan, dispongan de un
programa documentado de bioseguridad o que adopten un protocolo
sectorial de bioseguridad desarrollado por un centro de reconocida
idoneidad en este campo.
El ICA llevará a cabo en el año mínimo
dos visitas de auditoría a las fincas o predios inscritos
para comprobar el cumplimiento de lo establecido en la resolución
1414.
Esta medida es complementaria a las labores de vigilancia y
control que el Invima y las entidades territoriales de salud
desarrollan en las plantas procesadoras.