Gobierno expidió decreto para facilitar
la masificación del servicio
BAJAN COSTOS POR USO DEL ESPECTRO PARA INTERNET INALAMBRICO
Bogotá, 14 jun. (SNE).- El Gobierno Nacional decidió bajar
los costos por el uso de banda ancha a los operadores para facilitar
el proceso de masificación del servicio de Internet inalámbrico.
Con la reducción de estas tarifas que deben pagar los
operadores al Ministerio de Comunicaciones por el uso del espectro
en la banda ancha de 3,5 Ghz, se verán beneficiados los
usuarios del servicio que podrán acceder a él con
precios más favorables.
La modificación del Régimen Unificado de Contraprestaciones
de los servicios de Telecomunicaciones, la acaba de hacer el
Gobierno Nacional a través del Decreto 1928 del 12 de
junio de 2006.
El Ministerio de Comunicaciones explicó que con la expedición
del Decreto, el Gobierno busca cumplir con el objetivo de masificar
el uso de la banda ancha, directriz consagrada en el Documento
Conpes 3371 de agosto 18 de 2005.
Con la nueva medida, se incentivará entonces tanto el
uso de la banda ancha y el fortalecimiento de las empresas que
prestan dichos servicios de Internet inalámbrico.
VIGENCIA DE LA REDUCCION
Para hacer efectiva la reducción en el costo de la contraprestación
que pagan los operadores por el uso del espectro radioeléctrico
en la banda de frecuencias de 3400 MHz a 3600 MHz, (la que soporta
los servicios de Internet inalámbrico) el Decreto le fijó nuevos
valores a la variable llamada N en la fórmula matemática
con la cual se calcula el pago correspondiente.
Estos beneficios se aplicarán a partir de la fecha de
publicación del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre
de 2006, a los operadores nacionales que a dicha fecha, presten
servicio en al menos cuatro ciudades del país.
Según el Decreto, también cobija a los operadores
departamentales que se encuentren en etapa preoperativa, entendida ésta
como la etapa previa a la operación de la red sin usuarios
atendidos.
Se aplicará el beneficio, entre el 1 de enero de 2007
hasta el 31 de diciembre de diciembre de 2007, para los operadores
nacionales que a dicha fecha, presten servicio en al menos 16
ciudades capitales, incluidas las capitales en las que empezaron
a prestar el servicio en el 2006.
También se favorecerá a los operadores departamentales
que a dicha fecha presten servicio en al menos el área
urbana de la ciudad capital del departamento donde operan.
A partir del primero de enero de 2008, se aplicará el
beneficio para los operadores departamentales que excedan las
proyecciones de los planes presentados en sus propuestas, de
conformidad con la reglamentación que para el efecto expida
el Ministerio de Comunicaciones.
El Decreto señala que la reducción de costos se
aplicará siempre y cuando los beneficiarios de los permisos
de las áreas de servicio nacional y departamental se encuentren
al día en cumplimiento de todas sus obligaciones con el
Ministerio de Comunicaciones.