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14 de junio

Gobierno expidió decreto para facilitar la masificación del servicio

BAJAN COSTOS POR USO DEL ESPECTRO PARA INTERNET INALAMBRICO

Bogotá, 14 jun. (SNE).- El Gobierno Nacional decidió bajar los costos por el uso de banda ancha a los operadores para facilitar el proceso de masificación del servicio de Internet inalámbrico.

Con la reducción de estas tarifas que deben pagar los operadores al Ministerio de Comunicaciones por el uso del espectro en la banda ancha de 3,5 Ghz, se verán beneficiados los usuarios del servicio que podrán acceder a él con precios más favorables.

La modificación del Régimen Unificado de Contraprestaciones de los servicios de Telecomunicaciones, la acaba de hacer el Gobierno Nacional a través del Decreto 1928 del 12 de junio de 2006.

El Ministerio de Comunicaciones explicó que con la expedición del Decreto, el Gobierno busca cumplir con el objetivo de masificar el uso de la banda ancha, directriz consagrada en el Documento Conpes 3371 de agosto 18 de 2005.

Con la nueva medida, se incentivará entonces tanto el uso de la banda ancha y el fortalecimiento de las empresas que prestan dichos servicios de Internet inalámbrico.

VIGENCIA DE LA REDUCCION

Para hacer efectiva la reducción en el costo de la contraprestación que pagan los operadores por el uso del espectro radioeléctrico en la banda de frecuencias de 3400 MHz a 3600 MHz, (la que soporta los servicios de Internet inalámbrico) el Decreto le fijó nuevos valores a la variable llamada N en la fórmula matemática con la cual se calcula el pago correspondiente.

Estos beneficios se aplicarán a partir de la fecha de publicación del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2006, a los operadores nacionales que a dicha fecha, presten servicio en al menos cuatro ciudades del país.

Según el Decreto, también cobija a los operadores departamentales que se encuentren en etapa preoperativa, entendida ésta como la etapa previa a la operación de la red sin usuarios atendidos.

Se aplicará el beneficio, entre el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de diciembre de 2007, para los operadores nacionales que a dicha fecha, presten servicio en al menos 16 ciudades capitales, incluidas las capitales en las que empezaron a prestar el servicio en el 2006.

También se favorecerá a los operadores departamentales que a dicha fecha presten servicio en al menos el área urbana de la ciudad capital del departamento donde operan.

A partir del primero de enero de 2008, se aplicará el beneficio para los operadores departamentales que excedan las proyecciones de los planes presentados en sus propuestas, de conformidad con la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio de Comunicaciones.

El Decreto señala que la reducción de costos se aplicará siempre y cuando los beneficiarios de los permisos de las áreas de servicio nacional y departamental se encuentren al día en cumplimiento de todas sus obligaciones con el Ministerio de Comunicaciones.

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