Bogotá, 23 jun. (SNE).- La aplicación de las
leyes que el Congreso de la República aprobó el
año pasado costará 2 billones 40 mil millones
de pesos, informó el Ministerio de Hacienda.
En uno de los capítulos del Marco Fiscal de Mediano
Plazo señala que el costo de las leyes aprobadas en
el 2005 con respecto al de las avaladas en 2004 es mayor en
881 mil millones de pesos. En efecto, en 2004 ese costo había
sido de un billón 161 mil millones de pesos.
En 2005 fueron debidamente promulgadas por el Congreso y sancionadas
por el Presidente de la República, 68 leyes.
De ellas, 28 no revisten costo fiscal, nueve tienen un impacto
fiscal cuantificable, las consecuencias de otras 32 no es cuantificable
y una fue declarada inexequible por la Corte Constitucional.
La de mayor impacto es la Ley 972 del 15 de julio de 2005
que dice: “Por la cual se adoptan normas para mejorar
la atención por parte del Estado colombiano de la población
que padece enfermedades ruinosas o catastróficas, especialmente
de VIH/SIDA”.
Según la estimación del Ministerio de Hacienda,
esta sola ley tiene un costo fiscal de un billón 908
mil millones de pesos, ya que se considera que en Colombia
hay unas 150 mil personas enfermas de SIDA y el Gobierno tiene
que costearles la afiliación a la seguridad social en
salud.
De las leyes a las que no se les ha cuantificado plenamente
su costo, 11 tendrán un costo permanente sobre el erario
público y otras 11 se clasifican como de impacto fiscal
transitorio.
Una ley no tiene impacto fiscal cuantificable cuando es difícil
establecer con exactitud los proyectos e inversiones a realizar,
o los gastos de funcionamiento asociados a ellas. Entre ellas
están las leyes por las cuales se asocia la Nación
a celebraciones, eventos o conmemoraciones de festividades.
Otro caso es el de las leyes en las que se asume el reconocimiento
de tratados internacionales, pero sin hacer explícitas
las obligaciones contraídas.
Ante estos resultados de la aplicación de las leyes
aprobadas en la vigencia fiscal del año pasado, el Ministerio
de Hacienda llamó la atención del Congreso para
que tenga en cuenta lo dispuesto por la ley 819 de 2003 en
el sentido de que el impacto fiscal de un proyecto de ley,
ordenanza o acuerdo, que ordene gasto o beneficios tributarios,
deberá hacerse explícito y debe ser compatible
con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
También señala que para su aprobación
el Ministerio de Hacienda debe dar su concepto previo.
“Así, dentro de los propósitos de transparencia
y mejoramiento de la gestión pública, deberá realizarse
la cuantificación previa del impacto de los proyectos
de ley y la respectiva evaluación completa, la cual
debe basarse, no solo en la demanda de gasto, sino en la determinación
de las fuentes adicionales de ingresos para financiar estos
nuevos costos a la luz del Marco Fiscal de Mediano Plazo preestablecido”,
puntualiza.