Comunicado
del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
PADRES DE FAMILIA NO DEBEN PAGAR MÁS DE $8 MIL EN LOS HOGARES
DE BIENESTAR
Bogotá, 27 jun (SNE).- El siguiente es el comunicado del
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, frente al tema
del cobro por parte de las madres comunitarias a los padres de
familia por el servicio de los hogares de bienestar .
“El acuerdo número 018 de 2000, del Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar, estableció que los padres de familia
de niños que se benefician de los Hogares Comunitarios de
Bienestar Familiar no deben pagar más del 57.7 por ciento
de un salario diario mínimo vigente, por cada menor de edad
al mes.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, reitera a
la opinión pública y a los padres de familia, que
la participación económica de estos últimos
en el programa Hogares Comunitarios de Bienestar, conocida como
cuota de participación, es del 57.7 por ciento de un día
de salario mínimo legal vigente, que equivale a 7.847 pesos
mensuales, que se pagan por cada niño que se beneficia del
Programa. Ni la madre comunitaria ni la entidad contratista podrán
fijar cuotas extraordinarias, ni de mayor valor.
Es importante aclarar que el dinero recaudado por concepto de
cuotas de participación es de propiedad exclusiva de la
madre comunitaria, así lo define la ley 1023 de 2006 sobre
Seguridad Social en Salud que rige para las madres comunitarias.
El ICBF aporta el 100 por ciento de los gastos de funcionamiento
de los Hogares Comunitarios. En la actualidad, Bienestar Familiar
destina en promedio 6 millones 500 mil pesos anuales para el funcionamiento
de cada uno de estos Hogares, es decir, 38 mil 718 pesos mensuales
por cada niño que se beneficia del programa. Cifras que
en ningún momento han sido modificadas ni reducidas.
Dadas las continuas quejas sobre el cobro excesivo de las cuotas
de participación, el ICBF envió memorando a todos
los Centros Zonales de Bogotá, donde se recuerda a los supervisores
exigir el cumplimiento del acuerdo, realizar control acerca del
monto que están cobrando las madres comunitarias a los padres
usuarios y exigir al contratista el cumplimiento de las obligaciones
establecidas en el contrato.
Debido a que los supervisores están exigiendo el cumplimiento
de la ley, algunas madres comunitarias se están pronunciando,
argumentando que la cuota de participación la destinan para
el pago de las madres comunitarias auxiliares y que el monto no
les alcanza. Dicha figura de la madre auxiliar está contemplada
desde los orígenes del programa como el trabajo voluntario
que cada padre de familia aporta para el desarrollo de las actividades
que se realizan dentro del Hogar Comunitario de Bienestar y en
ningún momento se ha contemplado el pago por dichos servicios.
Es importante que la ciudadanía conozca sus derechos para
que casos como los que se vienen presentando en Bogotá,
en donde algunas madres comunitarias están cobrando cuotas
de participación desde 15 mil hasta 50 mil pesos, dependiendo
de la ubicación del Hogares Comunitarios, no se repitan.
Cualquier anomalía la puede denunciar a la línea
gratuita nacional 01 8000 91 8080 y en Bogotá al 6605520”.
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