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27 de junio

Comunicado del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

PADRES DE FAMILIA NO DEBEN PAGAR MÁS DE $8 MIL EN LOS HOGARES DE BIENESTAR

Bogotá, 27 jun (SNE).- El siguiente es el comunicado del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, frente al tema del cobro por parte de las madres comunitarias a los padres de familia por el servicio de los hogares de bienestar .

“El acuerdo número 018 de 2000, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, estableció que los padres de familia de niños que se benefician de los Hogares Comunitarios de Bienestar Familiar no deben pagar más del 57.7 por ciento de un salario diario mínimo vigente, por cada menor de edad al mes.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, reitera a la opinión pública y a los padres de familia, que la participación económica de estos últimos en el programa Hogares Comunitarios de Bienestar, conocida como cuota de participación, es del 57.7 por ciento de un día de salario mínimo legal vigente, que equivale a 7.847 pesos mensuales, que se pagan por cada niño que se beneficia del Programa. Ni la madre comunitaria ni la entidad contratista podrán fijar cuotas extraordinarias, ni de mayor valor.

Es importante aclarar que el dinero recaudado por concepto de cuotas de participación es de propiedad exclusiva de la madre comunitaria, así lo define la ley 1023 de 2006 sobre Seguridad Social en Salud que rige para las madres comunitarias.

El ICBF aporta el 100 por ciento de los gastos de funcionamiento de los Hogares Comunitarios. En la actualidad, Bienestar Familiar destina en promedio 6 millones 500 mil pesos anuales para el funcionamiento de cada uno de estos Hogares, es decir, 38 mil 718 pesos mensuales por cada niño que se beneficia del programa. Cifras que en ningún momento han sido modificadas ni reducidas.

Dadas las continuas quejas sobre el cobro excesivo de las cuotas de participación, el ICBF envió memorando a todos los Centros Zonales de Bogotá, donde se recuerda a los supervisores exigir el cumplimiento del acuerdo, realizar control acerca del monto que están cobrando las madres comunitarias a los padres usuarios y exigir al contratista el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato.

Debido a que los supervisores están exigiendo el cumplimiento de la ley, algunas madres comunitarias se están pronunciando, argumentando que la cuota de participación la destinan para el pago de las madres comunitarias auxiliares y que el monto no les alcanza. Dicha figura de la madre auxiliar está contemplada desde los orígenes del programa como el trabajo voluntario que cada padre de familia aporta para el desarrollo de las actividades que se realizan dentro del Hogar Comunitario de Bienestar y en ningún momento se ha contemplado el pago por dichos servicios.

Es importante que la ciudadanía conozca sus derechos para que casos como los que se vienen presentando en Bogotá, en donde algunas madres comunitarias están cobrando cuotas de participación desde 15 mil hasta 50 mil pesos, dependiendo de la ubicación del Hogares Comunitarios, no se repitan.

Cualquier anomalía la puede denunciar a la línea gratuita nacional 01 8000 91 8080 y en Bogotá al 6605520”.

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Linea de Quejas y Reclamos 01800-913666

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