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9 de marzo

CRT da fórmula para que cada cliente escoja el plan adecuado a su consumo histórico

‘USUARIOS DE TELEFONIA FIJA TIENEN DERECHO A RELIQUIDACION DE FACTURA’

Bogotá, 9 mar. (SNE).- Los usuarios de telefonía básica tienen derecho a la reliquidación de las facturas cuando, por error de las empresas, no estén ubicados en el plan adecuado a su perfil de consumo histórico.

Así lo manifestó Carlos Herrera, director ejecutivo de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, CRT, al iniciar un proceso de divulgación de los principales derechos de los usuarios y ante las recientes quejas por supuesto incremento en las facturas derivado del cambio en el cobro de impulsos a minutos.

“Lo importante es que si se determina que el usuario debía estar en un plan diferente, tendrán que reliquidarle de acuerdo con el plan en el cual debía estar ubicado y de acuerdo con su perfil histórico de consumo. Es importante tener en cuenta que esto no aplica si fue el usuario el que escogió mal el plan”, dijo Herrera.

FORMULA DE CONSUMO

No siempre el plan más barato es la mejor opción y por eso, el Director Ejecutivo de la CRT explicó la fórmula para conocer el consumo histórico que le permite a los usuarios definir el plan o solicitarle a la empresa prestadora de servicio que lo ubique en el plan más adecuado a los consumos.

“Para conocer el consumo histórico hay que tomar las facturas anteriores y ver una barra que está en la parte superior de la factura, por lo general, y dice consumo promedio. Entonces cuando uno mira el consumo promedio, si estaba en impulsos y lo va a convertir en minutos, debe multiplicarlo por 1,3 o por el factor que aplique el respectivo departamento. Y eso le va a dar un número de minutos y entonces va a poder saber el usuario si con ese número de minutos está en un plan adecuado o en un plan que no se adecue a su perfil de consumo”, manifestó el funcionario.

Herrera agregó que si un usuario tiene un perfil histórico de consumo de 500 minutos, y por ahorrarse unos pesos decide tener un plan de 100 minutos, muy seguramente se le va a incrementar la factura porque los minutos adicionales al plan elegido son más costosos.

¿CÓMO RECLAMAR?

Para hacer un reclamo sobre el valor de la factura del servicio de telefonía básica, el usuario debe presentar la reclamación antes de que venza la fecha de pago oportuno de la factura y también puede pagar sólo lo que considera que le corresponde. Si va a reclamar después del vencimiento de la fecha de pago oportuno, la factura debe estar pagada.

La empresa tiene 15 días hábiles para darle una respuesta. En caso de ser desfavorable, el usuario tendrá que ir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios que resolverá el caso en segunda instancia.

La ausencia de respuesta positiva o negativa de la empresa a una petición, queja, o recurso, dentro del término anotado, implica decisión favorable para el usuario y la empresa deberá reconocerlo así en un término de 72 horas. Si la empresa no cumple, el usuario podrá solicitar a la Superintendencia, la imposición de las sanciones correspondientes.

Las reclamaciones pueden ser verbales, escritas, por fax, por correo electrónico, presentadas personalmente. Lo importante es que el usuario tenga una prueba de que se presentó la reclamación. Cuando el usuario ha pagado la factura, puede presentar una reclamación en cualquier momento.

DERECHOS GENERALES

Aquí presentamos algunos de los derechos generales que tienen os usuarios del servicio de telefonía básica.

Tienen derecho a recibir servicios con calidad.

Tienen derecho a que se le entregue la factura por lo menos con 5 días hábiles de antelación a la fecha de pago oportuno.

Tienen derecho al restablecimiento del servicio suspendido dentro de los 5 días siguientes al pago de las sumas adeudadas a la empresa o al día siguiente en que se haya eliminado la causa que originó la suspensión.

Tienen derecho a no pagar los servicios que las empresas les facturen cinco meses después de haberse presentado el consumo, excepto en los casos en que se compruebe dolo del usuario.

Tiene derecho a la disponibilidad permanente del servicio para la realización de llamadas de urgencia aún cuando el mismo se encuentre suspendido y hasta la terminación del contrato.

Tienen derecho a tener servicio gratuito de código secreto y a bloquear el acceso a números que cobran tarifa con prima.

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