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10 de marzo

Tienen que operar al menos con el 70% de su parque automotor

EMPRESAS DE TRANSPORTE DEBEN PRESTAR SERVICIO EL DIA DE ELECCIONES

Bogotá, 10 mar. (SNE).- Al menos con el 70 por ciento de su parque automotor, las empresas de transporte público deben prestar servicio durante el día de elecciones y especialmente durante las horas de votación.

Andrés Uriel Gallego, ministro de Transporte, mediante una circular recordó a las empresas de transporte que además de la obligación de prestar el servicio, sólo pueden cobrar las tarifas fijadas por la autoridad competente.

En la circular, el Ministro solicita a las autoridades y a las empresas transportadoras adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la ley y de manera especial a lo estipulado en el Decreto 654 del pasado 3 de marzo.

Según el Decreto mencionado, como una medida transitoria y especial, y para reforzar la garantía de la prestación del servicio público de transporte durante las elecciones al Congreso de la República, los gobernadores, alcaldes distritales y municipales podrán adoptar medidas para fijar rutas intermunicipales, urbanas y veredales para garantizar el traslado y movilización de los ciudadanos a los centros de votación.

“Estas autoridades estarán en la obligación de controlar la operatividad de esas rutas durante ese día 12 de marzo. En este contexto, el decreto permite que las empresas de transporte puedan realizar viajes ocasionales para la movilización de los ciudadanos, en las rutas urbanas, veredales e intermunicipales”, dice la circular.

En este mismo sentido, los Gobernadores y Alcaldes, conforme a decisiones de los consejos departamentales o municipales de seguridad, podrán restringir la circulación de vehículos, embarcaciones y motocicletas, durante el periodo que estimen conveniente para prevenir alteraciones de orden público.

Finalmente, el Ministerio de Transporte también recordó que, en forma permanente, los vehículos que prestan servicio público de transporte terrestre, se encuentran amparados por una póliza contratada por el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda.

Esa póliza establece que entre el día 8 y hasta el 13 de marzo próximo, entra en vigencia la condición décima denominada ‘circunstancias especiales’, la cual establece que durante ese período no habrá aplicación de deducible alguno y que cubrirá en parqueaderos y terminales de transporte terrestre a los vehículos matriculados como de servicio público afiliados a empresas que se encuentren prestando el servicio.

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