Tienen
que operar al menos con el 70% de su parque automotor
EMPRESAS DE TRANSPORTE DEBEN PRESTAR SERVICIO EL DIA DE ELECCIONES
Bogotá, 10 mar. (SNE).- Al menos con el 70 por ciento de
su parque automotor, las empresas de transporte público
deben prestar servicio durante el día de elecciones y especialmente
durante las horas de votación.
Andrés Uriel Gallego, ministro de Transporte, mediante
una circular recordó a las empresas de transporte que además
de la obligación de prestar el servicio, sólo pueden
cobrar las tarifas fijadas por la autoridad competente.
En la circular, el Ministro solicita a las autoridades y a las
empresas transportadoras adoptar las medidas necesarias para dar
cumplimiento a lo establecido en la ley y de manera especial a
lo estipulado en el Decreto 654 del pasado 3 de marzo.
Según el Decreto mencionado, como una medida transitoria
y especial, y para reforzar la garantía de la prestación
del servicio público de transporte durante las elecciones
al Congreso de la República, los gobernadores, alcaldes
distritales y municipales podrán adoptar medidas para fijar
rutas intermunicipales, urbanas y veredales para garantizar el
traslado y movilización de los ciudadanos a los centros
de votación.
“Estas autoridades estarán en la obligación
de controlar la operatividad de esas rutas durante ese día
12 de marzo. En este contexto, el decreto permite que las empresas
de transporte puedan realizar viajes ocasionales para la movilización
de los ciudadanos, en las rutas urbanas, veredales e intermunicipales”,
dice la circular.
En este mismo sentido, los Gobernadores y Alcaldes, conforme a
decisiones de los consejos departamentales o municipales de seguridad,
podrán restringir la circulación de vehículos,
embarcaciones y motocicletas, durante el periodo que estimen conveniente
para prevenir alteraciones de orden público.
Finalmente, el Ministerio de Transporte también recordó que,
en forma permanente, los vehículos que prestan servicio
público de transporte terrestre, se encuentran amparados
por una póliza contratada por el Gobierno Nacional, a través
del Ministerio de Hacienda.
Esa póliza establece que entre el día 8 y hasta
el 13 de marzo próximo, entra en vigencia la condición
décima denominada ‘circunstancias especiales’,
la cual establece que durante ese período no habrá aplicación
de deducible alguno y que cubrirá en parqueaderos y terminales
de transporte terrestre a los vehículos matriculados como
de servicio público afiliados a empresas que se encuentren
prestando el servicio. |